mayo 11, 2025
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RDE DIGITAL

Proyecto de ley buscará sancionar los “discursos de odio” difundidos en medios de comunicación

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El Senado de la República recibió el pasado 2 de mayo un proyecto depositado por el Poder Ejecutivo que busca reformar la Ley 61-32 sobre Libertad de Expresión y Difusión del Pensamiento, adaptándola a los desafíos actuales ocasionados por los medios de comunicaciones digitales.

A este suma otro proyecto que fue entregado también a la cámara alta. Aunque no alteraría la Ley 61-32, crearía una nueva para regular el contenido difundido a través de las plataformas masivas, incluyendo los tradicionales y digitales: Una pieza que pretende “prevenir, tipificar y sancionar los discursos de odio” en el país.

El documento legislativo elaborado por el senador de La Altagracia, Rafael Duluc, coloca de definición al “discurso de odio” toda expresión oral, escrita, gráfica, audiovisual o digital que incite al odio, “hostilidad, discriminación o violencia contra una persona o grupo por motivos de raza, color, sexo, orientación sexual, identidad de género, nacionalidad, etnia, religión, discapacidad, condición migratoria, lengua, condición socioeconómica o cualquier otra condición de identidad o pertenencia”.

Las sanciones para quienes cometan este delito serían prisión de uno a tres años y una multa de 10 a 50 salarios mínimos del sector público.

Mientras que para los que “nieguen, minimicen o justifiquen públicamente” crímenes de odio, genocidios o de lesa humanidad reconocidos por tribunales serían penalizados con cárcel de seis meses a dos años, junto a una multa de hasta 30 salarios mínimos.

Asimismo, establece que cuando el discurso de odio se difunda por redes sociales, plataformas digitales, medios electrónicos o servicios de mensajería, además de las penas previstas, el juez podría imponer la prohibición de uso de dichas plataformas por hasta tres años.

Las penas recibirían en los tribunales agravantes en los casos en que el hecho sea cometido por un funcionario público, docente, líder religioso o autoridad comunitaria. Además, cuando este ocurra en centros educativos, sanitarios, religiosos o penitenciarios y el discurso incite a cometer actos de violencia física o material contra personas o bienes.

Según sugiere el proyecto, las víctimas de discurso de odio tendrían derecho a recibir medidas de reparación integral, incluyendo disculpas públicas, compensación económica, medidas de restitución y garantías de no repetición.

De aprobarse la ley en ambas cámaras del Poder Legislativo, el Congreso Nacional le ordenaría al Ministerio Público crear una unidad especializada en la investigación y persecución del discurso de odio, con personal capacitado en derechos humanos, tecnologías digitales y análisis del lenguaje discriminatorio.

“Las personas que denuncien hechos de discurso de odio o colaboren con las autoridades tendrán garantizada la protección de su identidad, integridad y privacidad, conforme al marco de derechos humanos”, dispone la propuesta de ley.

También, obligaría a las plataformas digitales a colaborar con las autoridades dominicanas en la detección, reporte y remoción de los contenidos tipificados.

El Ministerio de Educación y el Ministerio de Cultura implementarían programas educativos permanentes que promuevan la diversidad, el respeto a los derechos humanos, la igualdad y la prevención de discursos de odio en todos los niveles del sistema educativo.

Mientras tanto, el proyecto de ley depositado por el Gobierno, que modificaría la regulación al derecho de Libertad de Expresión dictado en el artículo 49 de la Constitución, continúa generando rechazo en diversos sectores de la sociedad, asegurando una supuesta vulnerabilidad de derechos fundamentales.

Aunque aún no es una decisión, los miembros de la comisión especial del Senado han confirmado que están en disposición de realizar vistas públicas para garantizar el consenso de la sociedad.

El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD) entregó el pasado miércoles un análisis crítico al pleno del Senado de la República, encabezado por Ricardo de los Santos, en el que declaró la “inconstitucionalidad e inconvencionalidad” de la pieza entregada por el Gobierno.

Además, aseguran que el documento legislativo elaborado por el Poder Ejecutivo, junto a una comisión honorífica integrada por representantes del periodismo nacional, incurre en violaciones a “principios y valores que sustentan la democracia”.

Para fundamentar su posición, el presidente del CARD, Trajano Vidal Potentini, explicó que únicamente los considerandos, 15 primeros artículos de la pieza, al igual que las vistas de las leyes y tratados, están acordes con la carta magna.

Sin embargo, en los 60 artículos restantes, afecta disposiciones imprescindibles para el correcto ejercicio de la comunicación en la sociedad dominicana, como lo son “la cláusula de conciencia, el secreto profesional, la no censura previa, la doctrina de la doble dimensión de la libertad de expresión, el derecho a la reserva de las fuentes de información, el derecho de rectificación o respuesta, protección de niños, niñas y adolescentes”.

Vidal Potentini lamentó también que infligiera las garantías dictadas en el artículo 69 de la Carta Magna, en el cual permite a “toda persona, en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos, el derecho a obtener la tutela judicial efectiva, con respeto del debido proceso”.

Puntualizando que la capacidad sancionadora que tendría el Instituto Nacional de la Comunicación (Inacom), entidad que propone crear la Presidencia de la República a través de la modificación legislativa; excede los límites constitucionales.

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