mayo 5, 2025
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Advierten consecuencias por no cumplimiento a Ley sobre Libre Acceso a Información Pública

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- Abogados advierten que el artículo 30 de la Ley 200-04, sobre Libre Acceso a la Información Pública, dispone que el no cumplimiento de la legislación conlleva prisión e inhabilitación del funcionario del Estado.

La posición de los entendidos en la referida Ley hace referencia al caso del ministro de Obras Públicas y Comunicaciones, Deligne Ascención, y la oficina de abogados de Angel Lockward.

Indican que el artículo 30 de la Ley 200-04, es muy claro cuando establece que: “El funcionario público o agente responsable que en forma arbitraria denegare, obstruya o impida el acceso del solicitante a la información requerida, será sancionado con pena privativa de libertad de seis meses a dos años de prisión, así como con inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por cinco años”.

Explicaron que la Ley No. 200-04 de Libre Acceso a la Información Pública, establece como un deber del Estado “brindar la información que esta ley [200-04] establece con carácter obligatorio y de disponibilidad y actualización permanente y las informaciones que fueran requeridas en forma especial por los interesados”.

El presidente Luis Abinader instruyó a los ministros y directores de instituciones del Estado, a cumplir con la Ley 200-04, de Libre Acceso a la Información Pública para trasparentar las ejecutorias del Gobierno, sin embargo, hacen caso omiso y se empecinan en desacatar esa legislación.

Se informó que este martes el Tribunal Superior Administrativo (TSA) conocerá una demanda en Liquidación de Astreinte a partir de las 9:00 a.m., pero también tiene pendiente la audiencia por “desacato” contra el ministro de Obras Públicas y Comunicaciones, Deligne Ascención.

En esa demanda por desacato, la oficina de abogados del licenciado Ángel Lockward pide al tribunal que se le imponga personalmente al ingeniero Ascensión una astreinte de RD$ 30,000.00 diarios, no al Estado y que el funcionario corre el riego que se le aplique la pena que dispone el artículo 30 de la Ley No. 200-04, que implica prisión e inhabilitación.

Recientemente la prensa se hizo eco de la sentencia TC 0951-23 que ordenó al ministro Ascensión entregar copia de los planos de áreas verdes del Proyecto Cofresí a Lockward desde el 2020 y no obstante ser una sentencia del Tribunal Constitucional con la autoridad de la cosa constitucional juzgada, la misma no se cumplió.

Dijeron que “alegando una imposibilidad, ajena a la realidad de la Ley 675-44 y de la Ley que en 1959 creó la Oficina de Tramitación de Planos del MOPC, este desacato forzó la imposición de un astreinte de diez mil pesos diarios en el TSA que pagamos los contribuyentes, en esta gestión, puesto que la Sentencia fue en septiembre del 2020 y, esta nueva sentencia, la que impuso el astreinte, fue ratificada por la Suprema Corte de Justicia y por el Tribunal Constitucional”.

El presidente Abinader ha sido reiterativo en instruir que los funcionarios públicos cumplan con la Ley de Libre Acceso a la Información, instrucciones a la que se han adherido, entre otros funcionarios, la vicepresidenta Raquel Peña y el ministro de la Presidencia, Joel Santos, pero que parecen no haber encontrado eco.

¿La pregunta es, cuántas sentencias incumplidas más hay?

El expresidente del Tribunal Constitucional, doctor Milton Ray Guevara, se quejó de que sólo el TC tenía más de 100 desacatos a cargo de departamentos del Gobierno y esos son los menos porque se refiere solo a las de esa corte que son muy pocas en relación con la justicia ordinaria.

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