RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) declaró inadmisible el recurso de amparo presentado por la Asociación Dominicana de Profesores (ADP) contra el convenio entre el Ministerio de Educación (Minerd) y la Organización de los Estados Iberoamericanos (OEI) para realizar la Evaluación del Desempeño Docente 2024-2025.
El recurso presentado por la ADP sostenía que la contratación de la OEI debía seguir las normativas de contratación pública. Sin embargo, el Minerd explicó que la Ley No. 340-06 sobre Compras y Contrataciones excluye los convenios de cooperación de estos procedimientos.
La sentencia del TSA, firmada por los magistrados Antonio Sánchez Mejía, Úrsula Carrasco, María Calderón y Coraima Ramón Pozo, establece que el recurso contencioso administrativo es la vía adecuada para abordar las demandas de la ADP, dejando sin efecto el recurso de amparo.
El director jurídico del Minerd, Nelson Rudys Castillo Ogando, afirmó que el fallo del TSA respalda la transparencia y el compromiso institucional del ministerio en este proceso. Además, subrayó que la colaboración con la OEI no solo garantiza la calidad de la evaluación, sino que también contribuye a un ahorro significativo de recursos públicos. Recordó que en 2017 el Minerd también recurrió a la OEI para llevar a cabo una evaluación docente, en el marco del mismo convenio con el Estado dominicano.