RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT) informó que estará prohibida la circulación de transporte de carga en todo el país durante las festividades de Navidad y Año Nuevo. La medida inicia el lunes 23 de diciembre de 2024 a las 6:00 a. m. y culmina el jueves 26 de diciembre a las 5:00 a. m. Se repetirá desde el lunes 30 de diciembre de 2024 a las 6:00 a. m. hasta el jueves 2 de enero de 2025 a las 5:00 a. m., incluyendo permisos para la Zona de Acceso Restringido (ZAR).
Quedan exceptuados de esta disposición vehículos como camionetas, furgonetas, ambulancias, unidades de emergencia y cisternas de agua, además de aquellos que brinden servicios esenciales de electricidad, cable, telefonía, agua potable, mantenimiento vial, asistencia vial e higiene urbana, entre otros.
La medida, basada en los artículos 8 y 120 de la Ley 63-17 y en la resolución administrativa Núm. 013-2024, tiene como objetivo reforzar la seguridad vial durante los días festivos.
El INTRANT otorgará permisos únicamente a vehículos que transporten mercancías prioritarias o perecederas, tales como combustible, agua envasada, alimentos, juguetes, medicamentos, desechos hospitalarios y materiales esenciales para eventos. Sin embargo, no se autorizarán permisos para camiones de doble remolque, cargas sobredimensionadas o con sobrepeso.
Requisitos y sanciones
Los propietarios de vehículos de carga deben inscribir sus unidades en el Registro Nacional de Vehículos de Carga. Los permisos podrán solicitarse a través del portal [www.intrant.gob.do](http://www.intrant.gob.do), con pago en línea y emisión de un permiso con código QR para su fiscalización.
El incumplimiento de esta disposición conllevará una sanción equivalente a un salario mínimo del sector público descentralizado, de acuerdo con el artículo 281 de la Ley 63-17 y el reglamento 258-20.