RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- Carlos Pimentel, director general de Contrataciones Públicas, afirmó que los contratos de alquiler en el Estado dominicano no pueden renovarse automáticamente y deben someterse a un nuevo proceso de contratación una vez vencidos.
Pimentel señaló que cualquier contrato de alquiler debe cumplir con la Ley 340-06 de Compras y Contrataciones Públicas.
Esta aclaración se produce en el contexto de la solicitud del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), cuyo director, Guido Gómez Mazara, ha pedido una revisión técnica del contrato de arrendamiento del edificio que ocupan desde hace más de dos décadas.
Según Pimentel, corresponde a cada entidad evaluar y decidir si renegocia, rescinde o busca alternativas para sus contratos, siempre en cumplimiento con las normativas.
Modalidades de contratación para alquileres
Pimentel explicó que, desde 2020, los contratos de alquiler estatales deben acogerse a dos modalidades de adjudicación bajo la Ley 340-06:
1. Exclusividad: Aplicable cuando existen hasta cinco oferentes que cumplen con los requisitos.
2. Proveedor único: Permite la contratación directa cuando solo un inmueble satisface las necesidades de la entidad.
Ambos mecanismos buscan asegurar la transparencia y la optimización de recursos, especialmente en contratos de largo plazo.
Caso específico del contrato de Indotel
Sobre el caso de Indotel, Pimentel aseguró que la Dirección de Contrataciones Públicas está dispuesta a realizar un análisis técnico del contrato si se le remite la documentación pertinente.
Sin embargo, reiteró que la decisión final corresponde a Indotel, que deberá evaluar si el contrato es financieramente favorable y considerar otras opciones si no cumple con las expectativas.