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BCRD aprueba préstamos en dólares sin límites

RDÉ DIGITAL SANTO DOMINGO.- El Banco Central de la República Dominicana informó que la Junta Monetaria aprobó, en su sesión del 24 de marzo de 2025, un conjunto de medidas para fortalecer la solidez de los intermediarios financieros en medio de un entorno internacional incierto. Las disposiciones, que responden al aumento del crédito en dólares y a regulaciones internacionales, buscan mejorar la estabilidad del sistema financiero nacional.

Nuevas normas para préstamos en moneda extranjera

Una de las principales decisiones fue la revisión de las normas para los préstamos en moneda extranjera. Los sectores generadores de divisas, como el turismo, zonas francas y exportadores, podrán acceder sin restricciones a créditos en dólares. Sin embargo, para los no generadores de divisas, estos préstamos estarán limitados al 25% del total de depósitos y financiamientos obtenidos en esa moneda.

Se implementarán restricciones adicionales para los préstamos en dólares destinados al consumo personal y la compra de viviendas, con el objetivo de reducir la exposición al riesgo cambiario y fomentar el uso de moneda nacional.

Aumento de requisitos de capital para bancos

La Junta Monetaria también aprobó el aumento de los requisitos de capital para los bancos que otorguen créditos en dólares a deudores sin ingresos en divisas. Estas medidas responden a recomendaciones internacionales para reducir los riesgos asociados con préstamos a quienes generan ingresos en pesos.

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Las entidades financieras ahora tendrán límites más estrictos en su posición neta en moneda extranjera. La nueva norma establece que esta posición no podrá superar el 25% del capital pagado y las reservas legales de cada banco, y se ha fijado un límite de incremento semanal de hasta US$5 millones.

Asimismo, la Junta Monetaria aprobó un aumento en el capital mínimo exigido a los agentes de cambio y remesas, con el objetivo de garantizar una mayor estabilidad en estas entidades. El capital mínimo para casas de cambio de categoría “A” será de RD$23 millones, y para las de categoría “B” será de RD$11.5 millones.

A partir del 1 de enero de 2026, los bancos deberán implementar el valor razonable (Mark to Market) en sus estados financieros, siguiendo las Normas Internacionales de Información Financiera y las recomendaciones del FMI.

 

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