RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.– Los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), Ricardo de los Santos y Nancy Salcedo, formalizaron este viernes la posesión de los jueces titulares y suplentes del Tribunal Superior Electoral (TSE) para el período 2025-2029.
Durante el acto, realizado en la sala de audiencias del TSE, el presidente del Senado y miembro del CNM, Ricardo de los Santos, destacó el trabajo realizado por el tribunal, mientras que la magistrada Nancy Salcedo subrayó que la República Dominicana goza de estabilidad democrática, y que el TSE ha desempeñado un papel fundamental en ese contexto.
Los jueces titulares posesionados son:
- Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, quien continuará como presidente del TSE.
- Pedro Pablo Yermenos Forastieri.
- Fernando Fernández Cruz.
- Rafaelina Peralta Arias.
- Lenis Rosángela García.
Los jueces suplentes son:
- Lourdes Teresa Salazar.
- Juan Cuevas.
- Juan Manuel Martín Garrido.
- Freddy Ángel Castro.
- Víctor Rafael Menieur.
Durante su intervención, el presidente del TSE, Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, ratificado para un nuevo mandato de cuatro años, afirmó que la República Dominicana mantiene una democracia sólida, especialmente frente a otros países de la región que atraviesan momentos de convulsión. Destacó además que las decisiones adoptadas por el pleno anterior contribuyeron significativamente al fortalecimiento del Estado de derecho y del sistema de partidos políticos.
Como dato estadístico, Camacho Hidalgo informó que durante los últimos cuatro años el tribunal dictó más de 22,000 sentencias relacionadas con conflictos electorales.
Previo a la posesión, los jueces fueron juramentados anoche por el CNM, presidido por el presidente Luis Abinader, en el Palacio Nacional. También estuvo presente el consultor jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta.
La selección de los diez jueces (cinco titulares y cinco suplentes) se realizó tras agotar la etapa de evaluación de 41 postulantes preseleccionados, conforme a los artículos 179 y 215 de la Constitución y el artículo 3 de la Ley núm. 138-11, que regula el CNM.

