RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO. – El presidente Luis Abinader pensionó a 2,458 servidores del sector educativo nacional, mediante el Decreto 287-24 con montos que van desde los 39 mil,689 pesos hasta los 207,000, a cargo del presupuesto del Ministerio de Educación (Minerd).
El Decreto ordenó al Minerd erogar los recursos necesarios para el pago, que ascenderá a 169,387,978 pesos cada mes. Fue firmado por el gobernante el 20 de mayo del 2024.
El 36.77 % de las pensiones, ganará entre 60,000 y 69,999.99 pesos. Le siguen los que ganarán más de 70,000 y menos de 79,999.99, el 29.38 %.
Los cuatro más agraciados fueron Barbarita Marisela Herrera Herrera (207,000), Ana Teresa Merán Terrero (189,000), María Cristiana De Los Santos Acosta Sosa (169,400) y Ramón Apolinar Méndez Gómez (155,000).
La Ley General de Educación (66-97) establece la escala para la asignación de pensiones.
A los maestros que tengan de 5 a 10 años de servicio les toca el 60 % del promedio del salario devengado en los últimos 12 meses, a los que tienen de 11 a 15 años les corresponde el 70 %, a los que trabajaron de 16 a 20 años cobran el 80 % y quienes tienen más de 21 años reciben el 90 %.
Esa misma legislación creó el Programa Especial de Pensiones y Jubilaciones para el Personal Docente del Ministerio de Educación y encargó al Instituto Nacional de Bienestar Magisterial (Inabima) de coordinar y gestionar sus servicios.
Por eso, el Poder Ejecutivo le ordenó a esa entidad “realizar las coordinaciones y aplicar las disposiciones administrativas correspondientes a los fines de aplicar las jubilaciones del personal que figura en el decreto” en cuestión.
También instruyó a la Contraloría General de la República y al Minerd a que tomen las medidas correspondientes para la ejecución.
“Dado que el Fondo de Pensiones y Jubilaciones para el Personal Docente del Ministerio de Educación, administrado por el Instituto Nacional de Bienestar Magisterial, se encuentra en un período transitorio de consolidación, se dispone que el Ministerio de Educación coordinará mensualmente con el Instituto Nacional de Bienestar Magisterial, el pago de estas”, reza el artículo 7.
El Fondo de Pensiones y Jubilaciones para el Personal Docente se nutre de los aportes mensuales que asigne el Estado en la ley de gastos públicos, del aporte de todos los beneficiarios de los sectores público y privado, tanto activos como jubilados y pensionados, así como por las cuotas fijadas a los empleadores del sector privado, según establece la Ley 66-97.