RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El Congreso Nacional no ha aplicado el fallo del Tribunal Constitucional (TC) que ordena regular las candidaturas independientes, a pesar de que la sentencia fue emitida en diciembre de 2024.
En la sentencia TC-0788/24, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales varios artículos de la Ley 20-23 del Régimen Electoral que regulaban las candidaturas independientes. El alto tribunal fijó criterios claros y dejó al Congreso la responsabilidad de redactar una nueva normativa conforme a la Constitución.
Pese a ese mandato, los legisladores no avanzaron en la adecuación legal. Aunque el Congreso mostró disposición inicial para debatir el tema, el proceso se detuvo en la Cámara de Diputados.
Informe desfavorable bloqueó la iniciativa
La comisión especial de diputados, presidida por Elías Wessin Chávez, firmó un informe desfavorable que rechazó la regulación de las candidaturas independientes. Con esa decisión, cerró el paso al proyecto de ley elaborado por la Junta Central Electoral (JCE).
El informe, emitido en julio de 2025, dejó la iniciativa en un estado de limbo legislativo y eliminó las posibilidades de organizar candidaturas independientes para las elecciones de 2028.
Aunque el reglamento exige que el Pleno de los 190 diputados conozca y vote los informes, el Congreso no volvió a discutir ni el proyecto ni el dictamen de la comisión.
Postura de los legisladores
La JCE cumplió su rol al estructurar una propuesta de ley para asociaciones cívicas que permitiera postular candidaturas independientes bajo reglas estrictas.
Sin embargo, cuando el proyecto llegó a la Cámara de Diputados, varios legisladores lo rechazaron. Alegaron que la Constitución establece que la participación electoral debe realizarse a través de los partidos políticos.
Los diputados sustentaron su postura en el artículo 216 de la carta magna, que asigna a los partidos la función de garantizar la participación ciudadana en los procesos políticos.
Mandato incumplido del TC
El Tribunal Constitucional ordenó al Congreso modificar los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23. El fallo dispuso que las candidaturas independientes no dependieran de partidos, sino de agrupaciones cívicas o sociales de carácter espontáneo.
Aun así, la comisión legislativa votó a favor de un informe desfavorable, con lo que dejó sin efecto la exhortación del alto tribunal.
Consultado sobre el tema, el diputado Elías Wessin Chávez defendió la decisión y afirmó que la comisión actuó de forma soberana, ya que los proyectos solo pueden aprobarse o rechazarse por mayoría.
Cumplimientos selectivos
Aunque el Congreso ignoró el tema de las candidaturas independientes, sí acató otros fallos del Tribunal Constitucional. Entre ellos:
- La reforma de la ley que crea la Dirección Nacional de Inteligencia (DNI), corregida tras observaciones sobre libertad de expresión.
- La elaboración de un nuevo Código Procesal Penal, ordenada por vicios de inconstitucionalidad en la ley vigente desde 2015.

