junio 2, 2025
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Controversia por vacantes municipales en Nueva Constitución

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- En la recientemente proclamada Constitución de la República, se introduce un controversial párrafo que deja a la interpretación la facultad de llenar las vacantes en la línea sucesora a nivel municipal. Lejos de arrojar luz, el párrafo II del Artículo 274 parece enturbiar más la situación al afirmar que “En caso de vacío en la línea sucesoral del nivel municipal, la ley establecerá el mecanismo a utilizar para llenar las vacantes”.

La falta de claridad sobre qué ley se aplicará genera confusión, ya que la normativa vigente en materia municipal es la Ley 176-07, que regula el Distrito Nacional y los Municipios. La ambigüedad en la Constitución provoca interpretaciones a conveniencia, como señala Ricardo de los Santos, presidente de la Asamblea Nacional Revisora, quien argumenta que el párrafo no otorga al presidente la facultad de llenar vacantes de alcaldes.

Sin embargo, el expresidente de la Junta Central Electoral, Roberto Rosario, sostiene que la inclusión de este párrafo devuelve al presidente la capacidad de nombrar un edil ante las ausencias del síndico y el vicesíndico. Rosario critica la situación, sugiriendo que se trata de un “acomodo” para satisfacer intereses personales, indicando que este cambio incrementa las facultades del presidente.

La Ley 176-07, en su Artículo 64, establece que, si no hay vicesíndico, el presidente del concejo municipal se dirige al Presidente de la República para su designación. No obstante, esta facultad fue derogada con la reforma constitucional de 2010, impulsada por Leonel Fernández, y quedó derogada nuevamente con la reforma de 2024, aunque la Ley 176-07 sigue vigente.

La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) advierte sobre una laguna constitucional, señalando que ante la renuncia del síndico y la vicealcaldesa de La Vega, la actual Constitución no contempla un procedimiento de designación para las alcaldías que incluya al Presidente. Finjus sugiere que se convoquen nuevas elecciones municipales en La Vega para mantener la legitimidad democrática.

El vicepresidente del PRM y exmiembro de la Junta Central Electoral, Eddy Olivares, reitera que no existe un mecanismo legal para realizar elecciones extraordinarias, y que la responsabilidad recae exclusivamente en el presidente Abinader. Mientras tanto, Joel Martínez asume funciones de alcalde interino del ayuntamiento vegano, conforme a la Ley 176-07.

Los partidos de oposición han solicitado a la Junta Central Electoral que convoque nuevas elecciones en La Vega, mientras el oficialismo sugiere al diputado Agustín Burgos como candidato para la alcaldía, dado su respeto y aceptación en la comunidad. La situación plantea un debate crucial sobre el futuro de la gobernanza municipal en el país.

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