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Declaran inconstitucional Ley que modificó Código Procesal Penal y eliminan 111 artículos

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional (TC) declaró la inconstitucionalidad de la Ley núm. 10-15, anulando 111 de los 449 artículos del Código Procesal Penal, lo que implica un retorno a la normativa original de la Ley 76-02, del 19 de julio de 2002.

La sentencia del TC establece que el Congreso Nacional tiene un plazo máximo de un año para elaborar una nueva normativa que subsane los vicios de forma que afectan la Ley 10-15. En caso de no hacerlo, la ley perderá automáticamente su vigencia, y el sistema procesal penal regresará a las disposiciones de la Ley 76-02.

La anulación de la Ley 10-15 elimina disposiciones que permitían a las víctimas constituirse como querellantes y presentar actos conclusivos en procesos privados. Además, se suprime el derecho de los querellantes a solicitar medidas como la declaratoria de rebeldía y la orden de arresto contra los imputados que no se presenten a las citaciones.

El TC determinó que la Ley 10-15 fue aprobada de manera unilateral por el Senado de la República, sin la participación de la Cámara de Diputados, lo que violó los principios de bicameralidad y deliberación conjunta establecidos en la Constitución. Además, el tribunal recordó que las leyes orgánicas, como la impugnada, deben ser aprobadas por una mayoría calificada de dos tercios en ambas cámaras, lo cual no ocurrió en este caso.

La eliminación de artículos cruciales de la Ley 10-15 afectará varios aspectos del procedimiento penal, como la duración de los procesos judiciales, que se acortarán de cuatro a tres años, y las condiciones para la imposición de medidas de coerción.

También se eliminará la posibilidad de realizar registros en lugares públicos durante la noche sin autorización judicial expresa, y se reducirán los plazos de tramitación de recursos.

El TC instó al Congreso a corregir los vicios de la Ley 10-15 y a presentar una nueva legislación dentro del plazo estipulado, a fin de evitar la aplicación de las disposiciones originales del Código Procesal Penal, que limita algunas prerrogativas para las víctimas y los imputados.

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