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DGCP emite normas para contratos Punta Catalina y fideicomiso Pro-Pedernales

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) aprobó el Manual interno de compras y contrataciones de la Empresa de Generación Eléctrica de Punta Catalina, así como el Reglamento para las adquisiciones de bienes, obras y servicios del Fideicomiso para el Desarrollo Turístico de la provincia Pedernales.

En un comunicado de prensa, la entidad explicó que el Manual de Punta Catalina cumple con el artículo 252 del Reglamento de Aplicación de la Ley 340-06, el cual establece las directrices generales para que las empresas públicas puedan adquirir bienes, servicios y obras, incluyendo insumos, materiales y repuestos para la generación de energía eléctrica, basado en los principios de la Ley 340-06.

Según el reglamento, las empresas públicas no financieras, las instituciones descentralizadas y autónomas y las empresas públicas, como Punta Catalina, deben elaborar un manual interno de contratación pública para la adquisición de bienes, obras y servicios, que deberá ser aprobado por la DGCP.

Con esta nueva normativa, aprobada mediante la resolución DGCP-DG-PROCESP-01-2024, se busca garantizar la máxima eficiencia en la adquisición de los bienes, servicios y obras necesarios para la operatividad de la Central Termoeléctrica de Punta Catalina.

Asimismo, la DGCP detalló que el Reglamento interno del Fideicomiso Pro-Pedernales, aprobado mediante la resolución DGCP-DG-PROCESP-02-2024, es un instrumento administrativo que establece las normas y procedimientos para regular las contrataciones de bienes, servicios y obras que se realicen para este proyecto, conforme a lo dispuesto en la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas y la Ley 28-23, que crea los fideicomisos públicos para el desarrollo de proyectos de infraestructura y servicios de interés colectivo.

En cuanto a las compras y contrataciones públicas en el marco del fideicomiso público, la Ley 28-23 señala en su artículo 14 que “los procesos para la selección de proveedores, la adjudicación de contratos relativos a la realización de obras, la prestación de servicios, la adquisición de bienes con cargo al patrimonio fideicomitido, así como las demás actuaciones del fideicomiso público, se harán de conformidad a la Ley No. 340-06, sobre Compras y Contrataciones Públicas, Obras y Concesiones, y sus modificaciones”.

La DGCP aseguró que, aunque contarán con instrumentos que permitirán una mayor fluidez en las contrataciones, los fideicomisos públicos y las empresas públicas no financieras, las instituciones descentralizadas y autónomas financieras y las empresas públicas financieras, seguirán rigiéndose por la Ley 340-06.

Emite documento estándar para los fideicomisos públicos

La DGCP también emitió la resolución DGCP-DG-PROCESP-03-2024, que aprueba el modelo de documento estándar que utilizado por los fideicomisos públicos para la elaboración de sus reglamentos internos, conforme a la Ley 340-06 y la Ley Núm. 28-23 sobre Fideicomiso Público, aprobada en marzo de 2023.

Este modelo servirá como guía para facilitar el proceso de elaboración de los reglamentos internos de los fideicomisos, asegurando la correcta aplicación de la normativa en materia de contratación pública.

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