RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) anunció este miércoles la implementación de un nuevo régimen de inhabilidades según el artículo 38 de la Ley núm. 47-25. La medida elimina el umbral del 10 % de participación accionaria que existía en el régimen anterior, reforzando la integridad y transparencia en las contrataciones estatales.
Nuevo régimen de incompatibilidad absoluta
El nuevo marco legal establece que cualquier participación societaria de funcionarios o servidores públicos en empresas proveedoras del Estado, sin importar su porcentaje, constituye una inhabilidad para contratar. Esta medida busca prevenir conflictos de interés y garantizar la imparcialidad en los procesos de contratación pública.
La DGCP exhortó a los funcionarios y servidores públicos afectados a solicitar la suspensión de su Registro de Proveedor del Estado (RPE) en un plazo de 15 días hábiles, según la circular DGCP44-PNP-0001-2026, advirtiendo que de no hacerlo se aplicará la suspensión de oficio conforme al artículo 69 del Reglamento aprobado por el Decreto núm. 52-26.
Funcionarios y actores afectados
El artículo 38 establece inhabilidades absolutas y relativas:
- Absolutas: Impiden contratar con todos los entes, órganos e instituciones del Estado. Incluye al presidente y vicepresidente de la República, ministros y viceministros, legisladores, magistrados de la Suprema Corte de Justicia y demás tribunales, miembros de la Junta Central Electoral y de la Cámara de Cuentas, alcaldes, regidores, directores generales y subdirectores de entes públicos.
- Relativas: Limitan la prohibición a ciertos entes u organismos específicos.
Asimismo, personas jurídicas en las que los funcionarios mencionados tengan participación accionaria o ejerzan funciones directivas también quedan impedidas de contratar con el Estado.
Procedimiento de solicitud de suspensión
La DGCP informó que la solicitud debe realizarse mediante el formulario disponible en su página oficial, en la sección:
https://www.dgcp.gob.do/sobre-nosotros/marco-legal/
Según la circular, el procedimiento garantiza el debido proceso administrativo, ofreciendo a los destinatarios la oportunidad de regularizar su situación antes de cualquier medida de suspensión de oficio.
Compromiso con la transparencia y la integridad
El órgano rector reafirmó su compromiso con la transparencia, la integridad y la eficiencia del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas (SNCP), protegiendo el interés general y fortaleciendo la confianza en la gestión pública.

