RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) fortaleció sus medidas de control tributario con la implementación de nuevas disposiciones de responsabilidad solidaria, dirigidas a socios, accionistas, administradores, familiares y representantes tributarios de los contribuyentes, quienes deberán responder ante posibles evasiones.
Esta medida, contemplada en la modificación del artículo 11 del Código Tributario (Ley 11-92), aprobada recientemente en la Cámara de Diputados, redefine los alcances de las responsabilidades fiscales en casos de insolvencia, declaratorias de quiebra, o evasión de impuestos.
La DGII busca con esta normativa seguir el rastro del dinero hasta su destino final para garantizar el pago completo de impuestos.
Así, una persona física con RNC que facture servicios o actividades compartiendo ingresos con terceros estará obligada a reportarlo en sus registros, con el fin de prevenir cualquier fuga de ingresos fiscales.
La nueva disposición establece que los responsables solidarios (ya sean socios, familiares, o cualquier representante legal) deben rendir cuentas y responder por las deudas fiscales derivadas de las actividades económicas de sus aliados, aunque la empresa a la que pertenecen declare insolvencia.
Responsabilidad solidaria y mayor control de los recursos
Para formalizar esta obligación, las sociedades deberán designar una persona física responsable ante la DGII mediante un acta de Asamblea que será registrada previamente en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.
Este responsable, una vez inscrito en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), quedará comprometido a garantizar que los recursos administrados cumplan con las obligaciones fiscales correspondientes.
La DGII también señaló que aquellos en posiciones de responsabilidad dentro de empresas en liquidación o insolvencia no podrán alegar desconocimiento de estas obligaciones.
Los responsables solidarios tendrán que responder con sus propios bienes, si es necesario, incluyendo inmuebles, vehículos y otros activos que podrían ser hipotecados o embargados para saldar deudas tributarias. Esto implica que, incluso en casos de quiebra, el Estado tiene la facultad de recuperar los impuestos pendientes de pago.
Alcance de la modificación de la Ley 11-92 y el impacto en la evasión
La reciente modificación al Código Tributario, que restablece la responsabilidad solidaria para deudores con el fisco, busca cerrar un vacío legal que en años anteriores permitió que responsables de empresas en quiebra eludieran sus compromisos fiscales.
Con la Ley 25-24, quienes administren recursos o actúen como garantes de obligaciones fiscales tendrán la obligación de pagar los tributos adeudados, ya sea de manera total o parcial, aunque la empresa principal se declare insolvente.
Además de los socios y representantes, los padres, tutores, representantes legales y funcionarios encargados de verificar el cumplimiento tributario también podrán ser responsabilizados.
La DGII dejó claro que estos responsables deberán asegurarse de que las operaciones de las empresas y sus vinculados cumplan con los pagos tributarios establecidos.
Perspectivas para el control de la evasión fiscal en el país
Con un 63 % de evasión en el Impuesto Sobre la Renta (ISR) y un 40% en el Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), la evasión fiscal representa un reto significativo para el país.
La DGII espera que esta nueva disposición contribuya a reducir estos niveles, garantizando una mayor estabilidad en la recaudación y fortaleciendo el sistema tributario dominicano.
Al cerrar las posibles vías de evasión, la administración tributaria busca limitar la elusión de impuestos por medio de declaraciones de insolvencia o falta de responsabilidad de los directivos.
La normativa pretende, además, clarificar y formalizar la relación fiscal de las empresas y sus socios, fomentando la transparencia en la rendición de cuentas y la correcta administración de recursos. Con esta nueva herramienta de control, la DGII tiene la capacidad de perseguir de forma individual o conjunta a los deudores y responsables, permitiendo una mayor eficacia en la recuperación de los impuestos adeudados.
Aprobación y vigencia
Estas reformas fueron aprobadas el pasado 11 de julio en la Cámara Baja y entran en vigor en el próximo período fiscal.
Las sociedades inscritas que aún no hayan realizado esta designación formal deberán incluirla en su próxima asamblea, antes de proceder con la actualización de su registro en la Cámara de Comercio y ante la DGII.
Con esta acción, la DGII tiene como objetivo asegurar que la totalidad de los ingresos generados en el país sean debidamente tributados y reducir los márgenes de evasión en un marco de responsabilidad compartida entre los contribuyentes y sus socios.