RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- La Dirección General de Migración (DGM) informó sobre una nueva resolución que establece criterios más estrictos para la renovación de permisos de trabajo temporales para extranjeros en el país.
La medida tiene como objetivo asegurar la correcta aplicación de la normativa vigente, fortalecer la transparencia en los procesos y proporcionar mayor seguridad jurídica tanto a empleadores como a trabajadores extranjeros.
Uno de los aspectos más importantes de la resolución es que, para que un trabajador extranjero renueve su permiso temporal, deberá presentar un contrato laboral registrado ante el Ministerio de Trabajo, lo que elimina la posibilidad de usar declaraciones juradas como sustento laboral, las cuales no están contempladas en la Ley de Migración 85-04 y su reglamento 631-11.
Requisitos clave de la resolución según DGM
- Contratos registrados: Para que un trabajador extranjero pueda renovar su permiso, el empleador deberá registrar el contrato de trabajo en el Ministerio de Trabajo, garantizando la legalidad del vínculo laboral.
- Actividades prohibidas: Los trabajadores con permiso temporal que tengan un contrato formal no podrán dedicarse a actividades informales como mototaxis, venta ambulante, taxismo, ni mensajería, entre otras.
- Responsabilidad del empleador: Los empleadores de trabajadores con permisos temporales (TT-1) deberán asegurarse de que los contratos estén debidamente registrados, pues de no hacerlo, serán pasibles de multas por no cumplir con los requisitos legales.
- Renovación del permiso: El proceso de renovación del permiso deberá realizarse a través de la plataforma institucional de la DGM, con los siguientes documentos requeridos:
- Carta del empleador con el contrato de trabajo anexo.
- Certificación de inscripción en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).
- Pasaporte vigente (con al menos 18 meses de validez).
- Carné de trabajador temporero.
- Certificado médico.
- Póliza de garantía migratoria.
- Dirección dentro de la zona autorizada para desempeñar el trabajo.
- Coordinación de repatriación: La resolución también establece que, una vez finalizado el contrato de trabajo temporal, el empleador es responsable de coordinar con las autoridades migratorias la repatriación del trabajador a su país de origen, conforme a las disposiciones legales vigentes.
La DGM reiteró que no serán aceptadas declaraciones juradas como sustituto del contrato de trabajo, y subrayó que cada solicitud de renovación debe estar respaldada por un contrato formal que confirme la continuidad del vínculo laboral.
Esta nueva medida tiene como objetivo regularizar y formalizar la situación de los trabajadores extranjeros temporeros en el país, asegurando el cumplimiento de las leyes migratorias y ofreciendo mayor transparencia y control en los procesos de contratación.

