RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- La Junta Central Electoral (JCE) dictó un reglamento de “fiscalización y control financiero” que deberán cumplir los partidos y candidatos a cargos de elección popular. Este reglamento establece los topes y gastos permitidos, así como las sanciones correspondientes.
Según el reglamento, los partidos y movimientos políticos tienen un límite de gastos en la campaña de RD$14.1 millones, equivalente a RD$1.75 pesos por cada elector hábil inscrito en el registro electoral. Para los comicios municipales, el número de electores inscritos será de 8,105,151.
Además, el reglamento dispone que los alcaldes y directores municipales podrán gastar RD$87.50 pesos y los regidores y vocales RD$43.75 pesos por cada elector inscrito en las diferentes demarcaciones. En los casos de los distritos municipales con menos de 5 mil electores registrados en el padrón, el gasto sería de RD$150 por cada votante.
Asimismo, el reglamento establece que los candidatos que excedan el 5% de los límites o topes permitidos serán sancionados con una multa del triple del monto excedido. Si aceptan aportes que se comprueben sean ilícitos, se sancionará con una multa por el doble de la contribución recibida.
El reglamento emitido por la JCE ordena que no sean superiores al 1%, las contribuciones individuales hechas por particulares. Se consideran gastos de campaña los eventos políticos en lugares públicos o privados que promuevan al candidato, los sueldos del personal, el arrendamiento eventual de bienes muebles e inmuebles, transporte de material y adquisición de equipos. De igual modo, pagos de propaganda en prensa, radio, televisión, publicidad gráfica y anuncios destinados a la captación del voto.
Este fue emitido por la JCE el miércoles 10 de enero del presente año 2024.
La aplicación del reglamento corresponderá a la Dirección Especializada de Control Financiero de los Partidos de la JCE. Tiene vigencia para el orden local y las ciudades del exterior con representación de cargos. Los ingresos y gastos se deberán registrar en el Sistema de Fiscalización Electoral, herramienta informática habilitada por la JCE. Están prohibidos los aportes de empresas nacionales o extranjeras.