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Disminuir demora en proceso judicial puede impactar cantidad de presos preventivos

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- La mora judicial, es decir, la demora en el proceso legal, frecuentemente resulta en que las personas estén detenidas durante períodos prolongados mientras esperan juicio, lo que significa que reducir la mora judicial puede influir positivamente en la cantidad de presos preventivos en algunos casos.

Si los procesos judiciales se agilizan y se resuelven de manera más eficiente, las personas en prisión preventiva podrían ver una reducción en el tiempo que pasan detenidas antes de que se resuelva su situación legal.

Según el juez Francisco Jerez Mena, presidente de la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia, hay un catálogo en el artículo 227 del Código Procesal Penal que establece que no necesariamente debe ser la prisión preventiva y que el proceso no necesariamente tiene que ser con personas detenidas o limitándose su libertad ambulatoria.

“Hay un tema cultural en ese sentido, que tránquelo y que tiene que haber un preso, que tiene que haber un proceso con preso, y no necesariamente, pero que eso tiene que valorar y ponderar el juez, si hay peligro de fuga o si hay causa probable del hecho que se le imputan”, afirmó el magistrado acompañado del secretario general de la Suprema Corte de Justicia, César García Lucas.

El juez planteó que, si no hay peligro de fuga y la gente tiene arraigo en el país, válidamente se puede llevar a cabo un proceso, como en casos concretos, señalando que la libertad es la regla y la prisión es la excepción.

Asimismo, el magistrado destacó el Plan de Mora Judicial de la Suprema Corte de Justicia que, en su opinión, ha sido una iniciativa crucial para abordar eficazmente la demora en los procesos judiciales.

“Ningún proceso puede durar en el alto tribunal judicial del país más de seis meses y si excede esto, entonces estamos en mora judicial”, afirmó el juez quien preside el tribunal e integran Nancy Salcedo, María Garabito, Fran Soto y Francisco Ortega Polanco.

Consideró que la falta de citación, la falta de traslado de presos en materia penal, la falta de notificación de algunas partes y la dilación de un recurso, todo eso puede llevar a que el proceso se reenvíe para otra fecha y que esa situación incidía como un cáncer a la mora judicial.

“Una audiencia suspendida puede tener un costo de hasta 40 mil pesos. Yo recuerdo que en una ocasión en La Vega lo medimos en el despacho penal, pero si un proceso está al día y todas las partes están citadas, puede conocerse en un día o dos, y ahí no hay mora judicial”, precisó Jerez Mena.

El magistrado refirió que en la Suprema había más de 18 mil casos pendientes de solución que databan del año 1982, pero que los jueces se centraron en varias líneas de acción y medidas para reducir la mora judicial de manera efectiva, ya que una “justicia tardía no es justicia”.

Precisó que actualmente se están conociendo casos ingresados a finales del año 2023, tras señalar que la Segunda Sala Penal ha dejado atrás 41 años de mora judicial, indicando que el tiempo promedio de emisión de fallos, luego de la celebración de la audiencia, es de 17 días.

Destacó que en el caso de la sala que preside se establecieron mecanismos de gestión interna para detectar los expedientes que se encontraban en mora judicial, lo que permitió identificar de manera más precisa los casos que necesitaban atención inmediata y priorizar su resolución.

“En nuestra sala comenzamos a hacer un levantamiento, para medir los tiempos con los expedientes en el tribunal y, como muestra en el año 2019, nos encontramos que un caso duraba 211 días desde el apoderamiento hasta la sentencia, en violación a lo que dispone el Código que es de 60 días para resolver el caso”, enfatizó.

Sin embargo, eso fue reduciendo en 2020 a 102 días, y en la actualidad en la Segunda Sala de la Suprema un caso dura desde que entra hasta la sentencia, 34 días, prácticamente la mitad de lo que establece el Código y hay casos que incluso se conocen y fallan en tan solo 12 días.

A su entender, una metodología clave que se ha implementado es la de fallar los expedientes por orden de entrada.

“Esta estrategia ha sido fundamental para descongestionar los expedientes pendientes que se encontraban en la sala en condición de mora judicial”.

Al seguir este enfoque, se ha logrado una distribución más equitativa de los recursos y una gestión más eficiente de los casos.

Además, para fortalecer el equipo encargado de este proceso, se ha dotado a la sala de recursos humanos adicionales, medida que según él ha permitido aumentar la capacidad operativa de la sala y agilizar el manejo de los casos.

Asimismo, se han implementado herramientas tecnológicas para dar seguimiento y llevar un control más efectivo de los procesos judiciales, lo que ha facilitado la gestión de la información, la comunicación interna y externa, contribuyendo significativamente a mejorar la transparencia y eficiencia del sistema judicial, tales como la votación y la firma digitales.

“En conjunto, estas acciones y medidas adoptadas por la Suprema Corte de Justicia han demostrado un compromiso firme en la lucha contra la mora judicial, promoviendo un sistema más ágil, eficiente y accesible para todos los ciudadanos de la República Dominicana”, enfatizó Jerez Mena.

Juicio a diputada a vapor

El tribunal que preside Jerez Mena, conoció en menos de tres meses, el juicio de fondo contra la diputada Rosa Amalia Pilarte, quien fue condenada a cinco años de prisión por la comisión de lavado de activos provenientes del narcotráfico.

La última audiencia fue celebrada el lunes 26 de mayo, cuando el tribunal dejó el caso en estado de fallo y al día siguiente emitió su veredicto en contra de la legisladora del Partido Revolucionario Moderno (PRM).

Solicitudes

Asimismo, el magistrado Jerez Mena destacó que las solicitudes de extradiciones por parte del Departamento de Cooperación Internacional y Extradiciones de la Procuraduría General de la República, que preside el procurador adjunto Andrés Chalas Velásquez, se conocen en tiempo récord.

Sostuvo que si un Estado solicita orden de arresto a través de la Procuraduría y si entra, por ejemplo, lunes a las 3:00 de la tarde, ya una hora después el Ministerio Público tiene respuesta, ya que cuentan con la secretaría general de la Suprema Corte de Justicia, así como con los departamentos de notificaciones judiciales, que son enlace de la Procuraduría General de la República para eficientizar esa labor.

Si la persona reclamada en extradición es arrestada, se fija la audiencia dentro de un plazo de 48 horas para cumplir con el mandato de la Constitución, el cual se conoce ese mismo día, a menos que una de las partes presente un incidente, señalando que dicha solicitud de extradición no dura más de seis meses para ser decidida.

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