RDÉ DIGITAL, NUEVA YORK.- El Comité Olímpico y Paralímpico de Estados Unidos (USOPC) ha actualizado su política interna para prohibir la participación de mujeres transgénero en deportes femeninos olímpicos, en cumplimiento con una orden ejecutiva firmada en febrero por el presidente Donald Trump.
Según reveló The New York Times, la nueva normativa fue introducida este lunes como parte de los cambios en la “Política de Seguridad de Deportistas” del USOPC, una modificación confirmada oficialmente por la institución tras consultas del medio.
“El USOPC está comprometido con la protección de las oportunidades para los deportistas que participan en el deporte”, indica el nuevo reglamento.
Aunque el texto no menciona explícitamente a las mujeres transgénero, hace referencia directa a la Orden Ejecutiva 14201, firmada por Trump, y a la Ley Olímpica y de Deportes Amateur Ted Stevens, las cuales buscan garantizar entornos “justos y seguros” para las mujeres en el deporte.
Normativa respaldada por la Casa Blanca
La orden ejecutiva de Trump establece que solo las personas asignadas como mujeres al nacer pueden competir en deportes femeninos. La medida ha generado un debate nacional e internacional sobre derechos, equidad y biología en el ámbito deportivo.
La decisión del USOPC se suma a acciones similares emprendidas por otras federaciones deportivas estadounidenses y globales que restringen la participación de deportistas trans, especialmente en categorías femeninas.
Caso contrario en Europa: Justicia belga avala a ciclista trans
En un escenario opuesto, la justicia de Bélgica falló a favor de una ciclista transgénero, quien demandó a la Unión Ciclista Internacional (UCI) por negarle la licencia para competir en pruebas femeninas. El litigio se remonta a 2023, cuando la UCI le retiró el permiso argumentando que no cumplía con los criterios de transición antes de la pubertad.
Según el reglamento actualizado de la UCI en julio de 2023, los deportistas trans que deseen competir como mujeres deben haber iniciado su transición antes de los 12 años y mantener niveles hormonales bajos, especialmente de testosterona.
La atleta, nacida como varón en 1974 y que inició su transición en la adultez, alegó que esa regulación la discriminaba injustamente. El tribunal civil de Bruselas le dio la razón en un auto fechado el 10 de julio, reconociendo que su exclusión constituye una vulneración a sus derechos.
La sentencia considera que la acción de la ciclista es “admisible y fundada”, sentando un precedente en Europa sobre la inclusión de personas trans en el deporte de alto rendimiento.
Debate global continúa
La tensión entre inclusión y equidad sigue siendo un tema divisivo dentro del movimiento olímpico. Mientras organismos como el USOPC adoptan posturas más restrictivas, otras jurisdicciones, como en Bélgica, optan por la protección de derechos individuales frente a normas deportivas excluyentes.
A nivel internacional, el Comité Olímpico Internacional (COI) mantiene una política que delega la decisión a las federaciones deportivas individuales, permitiendo cierta flexibilidad en función del deporte y la evidencia científica.
