RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.-Durante el pasado proceso electoral el presidente Luis Abinader anunció su interés de reformar la Constitución de la República con el objetivo de “poner candado” a la misma en temas como la reelección presidencial, principalmente.
En las últimas semanas el tema ha cobrado fuerza. Dentro de las reformas que se introducirían a la Carta Magna, una vez se habilite la Asamblea Revisora, está el tema de establecer la independencia del Ministerio Público con rango constitucional, además de otras reformas como la creación del Ministerio de Justicia.
Pero, para llevar a cabo una reforma a la Constitución de la nación se deben agotar unos preceptos que la propia Ley Sustantiva lo establece.
Lo primero que se debe resaltar es que el artículo 267 de la Constitución explica que su reforma sólo podrá hacerse en la forma que indica ella misma y no podrá jamás ser suspendida ni anulada por ningún poder o autoridad, ni tampoco por aclamaciones populares.
Otro de los artículos que en ningún caso se pueden alterar en la Constitución, es el de la forma de Gobierno, que según el artículo 268, deberá ser siempre civil, republicano, democrático y representativo.
Es importante explicar que la Constitución sólo podrá ser reformada si la proposición que se presente en el Congreso Nacional cuenta con el apoyo de la tercera parte de los miembros de una u otra cámara o si es sometida por el Poder Ejecutivo.
Asamblea Nacional Revisora
Para modificar la Constitución es obligatorio la aprobación de una ley que convoque la Asamblea Nacional Revisora, que es la reunión conjunta de los miembros de ambas cámaras del Congreso. Esa legislación el Poder Ejecutivo no podrá observarla, pero también debe contener el objetivo para el cual se busca reformar la Carta Magna y los artículos a reestructurar.
Agotado el proceso anterior, los asambleístas serán convocados al Congreso Nacional dentro de los 15 días siguientes a la aprobación de la ley que declara la necesidad de la reforma constitucional, con más de la mitad de los miembros de cada cámara.
Es importante recordar que las decisiones que emanen de dicha reunión, sólo serán aprobadas si son refrendadas por las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Revisora.
Otro de los puntos a tomar en cuenta, es que el proceso de reforma a la Constitución de la República no puede llevarse a cabo dentro de uno de los estados de excepción que establece la propia Carta Magna en su artículo 262.
Cumplidos todos los requisitos mencionados anteriormente, la Constitución será votada por los asambleístas, promulgada por el presidente de turno y publicada de forma íntegra con sus nuevas modificaciones.
La Asamblea Nacional Revisora es presidida por el presidente del Senado de la República en ese momento y el presidente de la Cámara de Diputados fungirá como vicepresidente de la dicha reunión conjunta.
Un poco de historia
Después que se firmó la primera Constitución de la República, aprobada en la provincia San Cristóbal en 6 de noviembre de 1844, se han realizado unas 39 alteraciones al texto constitucional, siendo el tema de la reelección presidencial el que más ha incidido en esas reformas.
Ejemplo de lo dicho anteriormente son las últimas cuatro reformas de la etapa contemporánea, 1994, 2002, 2010 y 2015, aunque hay que destacar que a pesar de que la del 2010 abarcó varios puntos para institucionalizar la sociedad, como la creación de las altas cortes, también eliminó el famoso “nunca jamás”, lo que en cierto modo habilitó a los expresidentes Hipólito Mejía y Leonel Fernández.
El punto actual
En la actualidad, ya el presidente Luis Abinader instruyó al consultor Jurídico del Poder Ejecutivo, Antoliano Peralta, a preparar un borrador sobre la eventual reforma a la Constitución de la República.
El Partido Revolucionario Moderno (PRM) cuenta con una amplia mayoría en el Congreso Nacional, la cual incluye 146 de los 190 diputados y 29 de los 32 senadores, lo que le da una holgada ventaja para pasar una reforma constitucional.
Debido a ese indiscutible poder congresual del PRM, sectores de la oposición política han reaccionado afirmando que la intención de la reforma a la Constitución de la República va más allá de las expuestas por el Poder Ejecutivo, que son colocar los candados y darle independencia al Ministerio Público.
Esta información original fue elaborada por El Nuevo Diario con fines de edificar a la población sobre el tema que se encuentra actualmente en el tapete.