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Empresarios preparan retiro de plástico y foam no biodegradables

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- Los empresarios dominicanos comenzaron a prepararse para retirar del mercado el plástico y el poliestireno expandido, conocido como foam, que no sean biodegradables. Esta medida responde al cumplimiento de la Ley 98-25, que modifica la normativa sobre gestión de residuos sólidos en el país.

La legislación establece nuevas restricciones para reducir el impacto ambiental de los productos plásticos de un solo uso. Sin embargo, representantes del sector empresarial solicitan que se apruebe un reglamento que defina los mecanismos de transición y aplicación de la normativa.

La regulación busca fomentar alternativas más sostenibles y amigables con el medioambiente. Además, forma parte de las políticas públicas orientadas a disminuir la contaminación generada por los residuos plásticos.

Ley 98-25 prohíbe productos plásticos de un solo uso

El artículo 173 de la Ley 98-25 establece que a partir de diciembre de este año quedará prohibida la comercialización de varios productos plásticos de un solo uso.

Entre los artículos que no podrán venderse se encuentran:

  1. Sorbetes o pajillas plásticas.

  2. Tenedores, cuchillos y cucharas de plástico.

  3. Productos de foam que no sean biodegradables.

La norma incluye una excepción para los platos con tapa, que podrán continuar comercializándose.

Asimismo, la legislación dispone que los comercios no podrán entregar fundas plásticas de un solo uso de manera gratuita, como parte de las medidas para reducir la generación de residuos.

Empresarios piden reglamento para transición ambiental

A pesar de que la ley ya establece las prohibiciones, su aplicación depende de un reglamento que debe elaborar el Ministerio de Medio Ambiente.

La empresaria Circe Almánzar llamó a iniciar cuanto antes el proceso de consultas con el sector productivo.

Según explicó, algunas disposiciones ya existían desde la normativa anterior sobre residuos sólidos, pero no pudieron aplicarse por falta de reglamentación.

“Hago un llamado al Ministerio de Medio Ambiente para que iniciemos ya las discusiones y consultas de las reglamentaciones”, expresó Almánzar.

De acuerdo con la empresaria, la ausencia de reglas claras retrasó en el pasado la implementación de medidas como la regulación de las fundas plásticas.

Requisitos de biodegradación para nuevos materiales

La legislación también establece criterios técnicos para los materiales que sustituyan los plásticos tradicionales.

El artículo 154 señala que los productos deberán cumplir con niveles específicos de biodegradación:

  • 20 % de degradación durante el primer año.

  • Hasta 90 % en un período de cinco años.

Estas condiciones deberán ser verificadas mediante evaluaciones realizadas por el Instituto Dominicano de Calidad.

Costos y responsabilidad ambiental para la industria

Almánzar reconoció que la adopción de aditivos biodegradables representa un costo adicional para las empresas. No obstante, consideró que se trata de un compromiso necesario.

“Los compromisos ambientales cuestan dinero. Cumplir con las normas ambientales implica inversión para las empresas, pero forma parte de su responsabilidad social y de las normativas obligatorias”, señaló.

Pese a ello, indicó que el sector productivo ya inició el proceso de adaptación. Actualmente, varias empresas trabajan en la certificación de los aditivos biodegradables ante las instituciones de calidad del país.

Excepciones contempladas en la ley

La normativa establece algunas excepciones para determinados usos del plástico y el foam.

Entre los materiales que quedan fuera de la prohibición se encuentran:

  • Envases plásticos de uso médico, hospitalario o de laboratorio cuando no exista sustituto seguro.

  • Materiales de foam utilizados en la construcción.

Estas exclusiones buscan evitar riesgos sanitarios o técnicos en sectores donde aún no existen alternativas viables.

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