RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.– Desde este 1 de febrero de 2026 entró en vigencia la segunda fase del aumento al salario mínimo del sector privado no sectorizado, una medida que impacta directamente a miles de empresas y trabajadores en todo el país. El ajuste completa el incremento del 20 % aprobado por el Comité Nacional de Salarios (CNS) tras un proceso de diálogo tripartito entre el Gobierno, el sector empresarial y las organizaciones sindicales.
El nuevo esquema salarial ha reactivado el interés público sobre una categoría clave del mercado laboral dominicano, que concentra la mayor parte del empleo formal privado y sostiene buena parte del consumo interno. En ese contexto, resulta esencial entender a qué se refiere el concepto y por qué su clasificación tiene efectos económicos y sociales relevantes.
¿Qué son las empresas no sectorizadas?
Las empresas no sectorizadas son aquellas que no pertenecen a un sector productivo con regulación salarial especial, como zonas francas, turismo, construcción o trabajo doméstico. En consecuencia, sus salarios mínimos son fijados directamente por el Comité Nacional de Salarios (CNS) bajo una clasificación general.
Este grupo incluye actividades como comercio, servicios profesionales, fabricación ligera, transporte, logística, call center locales y pequeñas industrias sin convenios colectivos específicos.
¿Para qué sirve esta clasificación?
La categoría de empresas no sectorizadas permite al Estado:
- Establecer un salario mínimo uniforme, diferenciado solo por tamaño empresarial.
- Proteger a los trabajadores de sectores sin negociación colectiva.
- Facilitar ajustes salariales graduales, considerando inflación y productividad.
- Ordenar el mercado laboral formal, evitando distorsiones entre sectores.
Peso económico del sector no sectorizado
Aunque no existe un registro único exclusivo, datos del Ministerio de Trabajo y del Banco Central indican que el sector privado no sectorizado:
- Representa más del 60% del empleo formal privado.
- Agrupa principalmente micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes).
- Tiene un impacto directo en el consumo interno y la estabilidad laboral urbana.
Este segmento es clave para la economía cotidiana: comercio minorista, servicios personales, distribución y actividades administrativas.
Aumento salarial: fase final en febrero de 2026
El Comité Nacional de Salarios (CNS) aprobó en 2025 un aumento total del 20 % al salario mínimo del sector privado no sectorizado, aplicado en dos fases:
- 12 % desde abril de 2025
- 8 % restante desde el 1 de febrero de 2026.
Con esta segunda etapa se completa el ajuste acordado en el diálogo tripartito entre Gobierno, permisos y sindicatos.
Nuevos salarios mínimos desde febrero de 2026
Con la entrada en vigor del ajuste final, los salarios mínimos mensuales quedan establecidos de la siguiente forma:
| Tipo de empresa | Salario mínimo mensual (RD$) |
|---|---|
| Grandes empresas | 29.988 |
| Medianas empresas | 27.489,60 |
| Pequeñas empresas | 18.421,20 |
| Microempresas | 16.993,20 |
Otros grupos incluidos en la resolución:
- Vigilantes privados: RD$24,633 mensuales.
- Trabajadores agrícolas: RD$714 por jornada de ocho horas.
Impacto económico y laboral
El aumento salarial busca:
- Recuperar poder adquisitivo frente a la inflación acumulada.
- Estimular el consumo interno, especialmente en bienes básicos.
- Reducir brechas salariales entre sectores regulados y no regulados.
- Fortalecer la formalización laboral, al mejorar las condiciones mínimas.
No obstante, el ajuste también representa un reto financiero para micro y pequeñas empresas, razón por la cual se aplicó de forma escalonada.
Conclusión
Las empresas no sectorizadas constituyen el núcleo del empleo formal privado en la República Dominicana. El aumento salarial que culmina en febrero de 2026 marca un punto de equilibrio entre la protección del ingreso laboral y la capacidad operativa de las mipymes, consolidando un ajuste que impacta directamente en la economía real del país.

