RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.– El Estado dominicano deberá pagar RD$313.7 millones a los propietarios de terrenos ubicados dentro del Monumento Natural Hoyo Claro, área protegida creada mediante la Ley 202-04. La decisión quedó firme luego de que el Tribunal Constitucional rechazara el último recurso interpuesto por el Ministerio de Medio Ambiente.
El conflicto judicial se extendió por varios años y concluyó con la obligación de indemnizar a los dueños por una superficie de 1,045,622 metros cuadrados, valorados en 300 pesos por metro cuadrado.
Origen del litigio
El caso inició tras la declaratoria del área protegida en 2004. Los propietarios alegaron que la medida afectó su derecho fundamental a la propiedad, por lo que demandaron el pago de justiprecio.
En 2023, el Tribunal Superior Administrativo (TSA) falló a su favor y condenó al Estado, a través de la Dirección General de Bienes Nacionales, al pago de RD$313,686,600.
Posteriormente, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales recurrió la decisión ante la Suprema Corte de Justicia, pero el recurso de casación fue declarado inadmisible en 2024 por incumplimientos procesales.
Finalmente, el Tribunal Constitucional confirmó la inadmisibilidad y dejó firme la sentencia original.
Argumentos del Estado
Durante el proceso, el Ministerio de Medio Ambiente sostuvo que la declaratoria de área protegida no equivalía a una expropiación. Según su postura, la Ley 202-04 solo limitaba el uso del suelo, sin anular el derecho de propiedad.
Asimismo, el Ministerio de Hacienda defendió que la normativa no implicaba adquisición automática de los terrenos por parte del Estado.
Sin embargo, el TSA interpretó que la creación de áreas protegidas implica su integración al patrimonio estatal cuando afectan derechos de propiedad privados.
Criterio del tribunal
En su sentencia, el TSA estableció que bastaba con comprobar la afectación del derecho fundamental a la propiedad para reconocer la indemnización.
El tribunal consideró que la declaratoria de Monumento Natural privó a los dueños del ejercicio pleno de su derecho, lo que obligaba al pago correspondiente.
Monto y beneficiarios
Los propietarios habían solicitado un valor de 516.96 pesos por metro cuadrado, mientras que el Estado proponía 12.50 pesos, según la tasación oficial.
El tribunal fijó un monto intermedio de 300 pesos por metro cuadrado. De haberse acogido la solicitud original de los demandantes, la suma habría superado los RD$540 millones.
Los beneficiarios de la decisión son:
- Napoleón Ojeda del Rosario
- Eulogia Gómez Villavicencio
- Agustina Ojeda del Rosario
- Javier Pirino Padua
- Marcos Rijo Castillo
- Virgilia de Jesús Hidalgo
- Arelis Ondina Castillo Soriano
- Cesáreo Guerrero
Ahora, deberán esperar el desembolso oficial por parte del Estado.
Un precedente jurídico
La decisión sienta un precedente relevante sobre el alcance de la Ley Sectorial de Áreas Protegidas y la obligación estatal de indemnizar cuando se afecta el derecho de propiedad.
El caso de Hoyo Claro reabre el debate sobre la gestión de áreas protegidas y el equilibrio entre conservación ambiental y derechos patrimoniales.

