RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) anunció que durante las festividades de Navidad y Año Nuevo estará prohibida la circulación de vehículos de carga en toda la República Dominicana.
La medida aplicará desde el lunes 23 de diciembre de 2024, a las 6:00 a.m., hasta el jueves 26 de diciembre a las 5:00 a.m., y se repetirá desde el lunes 30 de diciembre de 2024, a las 6:00 a.m., hasta el jueves 2 de enero de 2025, a las 5:00 a.m.
La prohibición incluye también aquellos vehículos de carga que cuentan con permisos para transitar en la Zona de Acceso Restringido (ZAR).
La entidad explicó que esta disposición se fundamenta en los artículos 8 y 120 de la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, y se oficializó mediante la resolución administrativa Núm. 013-2024 emitida el 25 de octubre.
Excepciones a la prohibición
Según el comunicado del Intrant, ciertos vehículos de servicio público están exceptuados de esta restricción, entre ellos, camionetas, furgonetas, ambulancias y vehículos de emergencia, además de aquellos que transportan agua en cisterna.
También se permitirá la circulación de vehículos identificados para labores de mantenimiento vial, higiene urbana y servicios esenciales como electricidad, cable, telefonía y saneamiento.
El Intrant detalló que podrán solicitar permisos especiales los vehículos de carga que transporten mercancías prioritarias o perecederas. Esto incluye camiones que transportan combustible, agua envasada, alimentos, juguetes, medicamentos y desechos hospitalarios.
Otros artículos esenciales, como la cal viva para generación eléctrica y los materiales necesarios para la organización de eventos, también podrán acceder a permisos. No obstante, el Intrant subrayó que no se emitirán permisos para vehículos de carga especial, como camiones con doble remolque o cargas sobredimensionadas.
Los propietarios de vehículos de carga deben inscribir sus unidades en el Registro Nacional de Vehículos de Carga para cumplir con la normativa.
Además, todos los camiones deberán adherirse a las normativas de seguridad de la Ley 63-17 y el Reglamento 258-20, como no exceder los 70 km/h en carreteras troncales, asegurar la carga adecuadamente, cubrir los materiales sueltos con lonas y circular siempre en el carril derecho.