RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El horario para las votaciones de los dominicanos residentes en el exterior dependerá de las circunscripciones y los países donde residan, así lo estableció la Junta Central Electoral (JCE) mediante la resolución 32-2024.
Para ejercer el sufragio, con miras a las elecciones del domingo 19 de este mes, los 863 mil 785 dominicanos residentes en Europa, Estados Unidos, América Latina y el Caribe, tienen horas ajustadas a los países donde han fijado residencia.
En la Circunscripción I, compuesta por Canadá, Puerto Rico, Chile, Curazao, San Martín, Venezuela, Aruba, Bonaire, Islas Vírgenes (USA y Británicas), islas Turcas y Caicos, Antigua y Barbuda, Guadalupe, Anguila, Martinica, las votaciones se iniciarán a las 7:00 de la mañana y concluirán a las 5:00 de la tarde.
En Estados Unidos, excepto Los Ángeles California y Las Vegas, el proceso se inicia a las 7:00 AM y culminará a las 4:00 PM, hora local de esos lugares.
En los países de Europa que conforman la Circunscripción 3 del exterior, el proceso de votación iniciará a las 8:00 de la mañana, hora local de esas naciones, y cerrará a las 6:00 de la tarde.
Estos países donde están convocados los dominicanos a ejercer su derecho al voto para escoger los diputados de ultramar y al nuevo presidente de República Dominicana son: España, Alemania, Inglaterra, Francia, Holanda, Italia, Bélgica, Austria, Luxemburgo y Suiza.
Mientras que el horario de votación que regirá en los países de la Circunscripción 2, que tienen una diferencia de unas y dos horas con relación a la República Dominicana, el proceso será de 8:00 am a 6:00 pm. Estos son Uruguay, Argentina, Costa Rica, Panamá, Perú, Ciudad de México, en cuyas capitales están ubicados los colegios electorales.
En la resolución, la Junta establece que si al momento del cierre de las votaciones todavía quedan ciudadanos en la fila de los colegios electorales, el presidente de cada colegio determinará la cantidad de electores en esta condición, “dispondrá que se recojan las cédulas de identidad y electoral de los mismos, conservándolas en su poder hasta que estos se presenten por ante la mesa a ejercer el sufragio”.
Agrega que ese funcionario confirmará la identidad del votante y dirá en alta voz el número de orden en el padrón, a los fines de que los delegados puedan confirmar que se trata de una persona hábil para votar porque se encuentra registrada en el padrón del colegio.

