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Justicia

Julio Cury critica Ley Procesal Penal

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.– El jurista Julio Cury criticó la reciente promulgación del Código Procesal Penal. Según él, la normativa debilita la protección de derechos y garantías fundamentales. Además, señaló que la ley podría favorecer abusos del Ministerio Público.

A pesar de las críticas, el presidente de la República promulgó la Ley núm. 97-25. Para Cury, esta acción refleja “una improvisación legislativa sin coherencia interna ni respeto a principios constitucionales”.

El jurista destacó el artículo 49, que amplía la suspensión del cómputo prescriptivo incluso para delitos que no constituyen graves violaciones de derechos humanos. Por lo tanto, afirmó que la ley contradice la interpretación del Tribunal Constitucional, que considera la prescripción penal como garantía del debido proceso.

Críticas sobre aspectos procesales y garantías

Entre las principales objeciones de Cury se encuentran:

  1. Restricción de soluciones alternativas: La ley limita mecanismos alternativos para casos de “reiteración delictiva”. Esto podría contravenir el principio de proporcionalidad y el deber del Estado de promover métodos alternativos de resolución penal.
  2. Impacto en la presunción de inocencia: La nueva categorización sancionadora genera discriminación procesal. Además, afecta la garantía de inocencia de los imputados.
  3. Riesgo de autoincriminación: La ley permite que la suspensión condicional se considere inadmisible si el imputado no admite los hechos o no se pacta con la víctima. Así, se podría vulnerar el artículo 69.3 de la Constitución.
  4. Discrecionalidad del Ministerio Público: Se amplían facultades para suspender, limitar o prescindir de la acción penal. Sin embargo, la jurisprudencia advierte sobre riesgos de arbitrariedad.
  5. Prisión preventiva con límites ambiguos: La reforma no establece criterios claros ni estándares convencionales. En consecuencia, se deja margen a interpretaciones vagas y posibles excesos.
  6. Cierre de procesos mediante criterios de oportunidad: Los parámetros para que el Ministerio Público cierre un caso son imprecisos. Por lo tanto, podrían facilitar desvíos de poder.
  7. Plazo razonable comprometido: La rapidez de la promulgación y la falta de coherencia generan un retroceso en derechos procesales. Asimismo, podrían surgir problemas de inconstitucionalidad formal.

Cury concluyó que la Ley núm. 97-25 representa un retroceso significativo en materia de derechos y garantías procesales. En consecuencia, advirtió que su aplicación podría derivar en impugnaciones legales ante tribunales constitucionales.

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