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noviembre 24, 2024
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Juristas debaten sobre necesidad de referéndum para reforma constitucional

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- Juristas constitucionalistas discrepan sobre la necesidad de celebrar un referéndum para llevar a cabo la reforma constitucional propuesta por el presidente Luis Abinader ante el Congreso Nacional.

Durante el panel “Análisis de la Reforma Constitucional”, organizado por la Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS), varios expertos expresaron posturas divergentes sobre si es indispensable consultar a la ciudadanía para validar la modificación de la Carta Magna.

Servio Tulio Castaño Guzmán, director ejecutivo de FINJUS y moderador del panel, calificó el debate como un intercambio técnico-jurídico, pero aclaró que la decisión final recaerá en la clase política a través de la Asamblea Nacional.

Entre las posiciones expuestas, el jurista Julio Cury afirmó que, si la reforma toca temas incluidos en el artículo 227 de la Constitución, es obligatorio celebrar un referéndum. Este artículo regula la revisión de decisiones judiciales que ya han sido irrevocablemente juzgadas, especialmente aquellas relacionadas con la constitucionalidad.

Por otro lado, Cristóbal Rodríguez argumentó que el procedimiento para la reforma debe respetar las competencias establecidas y advirtió sobre los riesgos de que una modificación apresurada pueda ser revertida en el futuro por el Tribunal Constitucional.

También señaló que la propuesta de reforma sugiere cambios que podrían limitar el alcance de las competencias para modificar la Constitución.

Nassef Perdomo, otro de los participantes, subrayó que el artículo 272 de la Constitución dominicana establece que cualquier cambio en los procedimientos de reforma debe ser ratificado mediante un referéndum, destacando que este es un requisito cuando se modifica el “candado” constitucional.

Por su parte, Olivo Rodríguez Huerta sostuvo que el referéndum previsto en el artículo 210 de la Constitución es una herramienta autónoma para consultar al pueblo sobre cuestiones específicas, pero que su aplicación en una reforma constitucional depende de lo que establezcan las reglas del artículo 272.

El panel concluyó que el debate sobre la necesidad del referéndum sigue abierto, y cualquier reforma deberá ajustarse estrictamente a los mecanismos legales y constitucionales vigentes.

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