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octubre 18, 2024
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Ley de Seguridad Social no establece pago de diferencias en servicios de emergencia

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- La Ley de Bienestar Social 87-01 no establece pagos diferenciales por servicios médicos en sala de emergencias de clínicas y hospitales.

La abogada Maribel Oleaga, indicó que cuando se atiende un paciente en los hospitales no debe desembolsar diferencias.

«Los servicios de urgencia, prevención y promoción no implican copago», declaró la jurista, ex responsable de Orientación y Defensoría de la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados al Bienestar Social (DIDA).

«No es apropiado, legalmente, lo estipula el catálogo de prestaciones», enfatizó la experta.

Oleaga explicó que, «la legislación de Bienestar Social establece en el artículo 129 que el Seguro Familiar de Salud (SFS) deberá tener un Plan Básico de Salud, que no es más que el catálogo de servicios médicos al que tenemos derecho todos».

Ese catálogo de prestaciones actuales se denomina Plan de Servicios de Salud, que incluye 13 grupos de servicios. Estos grupos abarcan: prevención y promoción de la salud, consultas médicas, hospitalización, urgencia, maternidad, medios diagnósticos, enfermedades de alto costo, cobertura integral de trasplante renal y medicamentos ambulatorios.

«Cada grupo de servicios tiene un esquema distinto de cobertura y de pagos de diferencia», destacó.

La abogada detalló que «dentro del catálogo hay ciertos servicios que no tienen copago, como los mencionados servicios de urgencia y los que pertenecen al grupo 1, que es de prevención y promoción; en estos dos grupos no se realizan pagos adicionales. Los otros grupos tienen diferencias que abonar».

En el caso de enfermedades de alto costo, como el cáncer, solo debería pagarse un salario mínimo nacional por recibir los servicios. Actualmente, el salario mínimo nacional es de 19,352.50 pesos.

«Lo máximo que se debería pagar por un servicio relacionado con alto costo es ese salario mínimo nacional», ratificó como lo establece la ley, aunque en la práctica, en muchas ocasiones, no se cumpla.

Si al paciente le cobran una cantidad superior, la jurista afirmó que «es ilegal, en ese servicio».

Oleaga comprende que al analizar las diferencias que cobran los médicos en consultas, el tema se torna «más complejo».

«Las Sociedades Médicas y el Colegio Médico Dominicano han estado en negociaciones con las autoridades de Salud, con la presidencia de la República, negociando sus tarifas y, mediante acuerdos realizados con el Gobierno y a través del Ministerio de Salud Pública y el Consejo Nacional de Bienestar Social (CNSS), han logrado aumentar un poco el pago que realizan las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) a los médicos, para evitar que se les cobren a los afiliados cantidades que afecten el bolsillo de la población dominicana», indicó.

La experta en Bienestar Social puso el ejemplo de los neurocirujanos, quienes al ser «tan pocos y requerir tanta especialización médica, tienen una tarifa más alta», llegando a cobrar hasta 4,000 pesos de diferencia por cada consulta.

Asimismo, mencionó cuando en un mismo centro médico, si hay dos ginecólogos, «uno te puede cobrar 1,000 y el otro 1,500».

Al preguntarle por qué existe esa discrepancia en los cobros, Oleaga contestó que «nuestra Constitución establece la libertad de empresa y en nuestro país se respetan las libertades».

Como posible solución, la abogada planteó el correcto funcionamiento del Comité Nacional de Honorarios Profesionales.

«El artículo 173 de la Ley 87-01 estableció el Comité Nacional de Salarios Médicos y ese organismo nunca ha estado en funcionamiento», afirmó.

Oleaga destacó que entre las responsabilidades de este órgano está el «servir de referente y entidad negociadora para fijar tarifas en beneficio del bolsillo de la población dominicana».

El 22 de marzo de 2023, este comité sesionó por primera vez en 15 años y en ese encuentro se discutió el cronograma de trabajo para definir los honorarios profesionales de los doctores, los cuales serían aprobados por el CNSS.

La última información al respecto se manejó en julio de 2023, cuando el presidente del Colegio Dominicano de Cirujanos, Leonardo Brito, declaró que la postura del Comité Nacional de Honorarios Profesionales había sido la de indicar que la postura del Comité Nacional de Honorarios Profesionales había sido la de señalar que «no está en condiciones de mejorar las tarifas actuales de los médicos».

«Todavía las autoridades relacionadas al sector Salud no han definido claramente ni se ha activado ese comité y, por tanto, de manera personal, no podría decir que hay una ilegalidad porque si no se ha implementado el instrumento que otorga la ley para poder mejorar esa realidad nacional, entonces será difícil regular en ese sentido», agregó la jurista.

Otro aspecto que Oleaga abordó es la estructura del modelo de Salud en República Dominicana.

«Estamos habituados a un modelo privatizado, un modelo de medicina más orientado hacia la especialización que, mientras no se modifique, seguirá generando gastos excesivos en salud», afirmó.

La especialista solicitó que se resalte el rol de la medicina familiar y que la población reciba Atención Primaria.

«Si tienes dolor de cabeza, normalmente acudes al neurólogo en lugar de tener un médico de cabecera, un médico general, que cree tu historial médico, que conozca de qué padeces y pueda referirte a los especialistas en caso de que realmente lo necesites», dijo.

«El médico está facturando por la realidad que tenemos. El médico es un especialista que obviamente tiene que cobrar por sus servicios, pero no hay una estructura que le regule en la realidad el costo de su ejercicio profesional», concluyó.

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