RD DIGITAL, SANTO DOMINGO.– El Ministerio de Trabajo publicó el calendario oficial de días feriados para el año 2025, en cumplimiento de la Ley 139-97, que establece el traslado de ciertos feriados cuando caen en martes, miércoles, jueves o viernes.
De acuerdo con el comunicado, la Ley 139-97, vigente desde el 27 de junio de 1997, regula el traslado de estos días feriados con el objetivo de mejorar la planificación de actividades laborales y personales en el país. En virtud de esta legislación, los días feriados de 2025 serán observados de la siguiente forma:
– Miércoles 1 de enero, Año Nuevo: inamovible
– Lunes 6 de enero, Día de los Santos Reyes: inamovible.
– Martes 21 de enero, Día de Nuestra Señora de la Altagracia: inamovible
– Domingo 26 de enero, natalicio de Juan Pablo Duarte: inamovible
– Jueves 27 de febrero, Día de la Independencia Nacional: inamovible.
– Viernes 18 de abril, Viernes Santo: inamovible.
– Jueves 1 de mayo, Día del Trabajo: trasladado al lunes 5 de mayo.
– Jueves 19 de junio, Corpus Christi: inamovible
– Sábado 16 de agosto, Día de la Restauración de la República: inamovible.
– Miércoles 24 de septiembre, Día de Nuestra Señora de las Mercedes: inamovible
– Jueves 6 de noviembre, Día de la Constitución: trasladado al lunes 10 de noviembre.
– Jueves 25 de diciembre, Navidad: inamovible
La información completa sobre los días feriados de 2025 puede descargarse en el portal oficial del Ministerio de Trabajo, www.mt.gob.do, y se compartirá en las redes sociales y medios de comunicación.