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Nuevo reglamento de la DGCP refuerza sanciones en contrataciones públicas

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RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- En el marco de la Ley 47-25, la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) emitió el Reglamento Núm. DGCP-SNCP-02-2026 del Procedimiento Administrativo Sancionador.

Este instrumento busca ordenar y fortalecer la potestad sancionadora del órgano rector. Además, establece reglas claras para investigar y sancionar infracciones cometidas por proveedores del Estado.

Separación de funciones y debido proceso

El reglamento introduce una separación de funciones para garantizar objetividad. Por un lado, se diferencian las etapas de investigación e instrucción; por otro, se delimita la fase de decisión.

Asimismo, la normativa asegura el respeto al debido proceso, la legalidad, la proporcionalidad y la seguridad jurídica en todas las actuaciones administrativas.

Autoridades destacan impacto

El director general de la DGCP, Carlos Pimentel, afirmó que la medida fortalece la seguridad jurídica.

“Con su entrada en vigor, se consolida un marco uniforme que impulsa una gestión pública más predecible y eficiente”, sostuvo.

Sanciones y escalas de inhabilitación

El reglamento define sanciones según la gravedad de la falta. En consecuencia, se establecen:

  1. Inhabilitación de 1 a 5 años.
  2. Inhabilitación de 5 a 10 años.

Para aplicar estas sanciones, se evaluarán criterios como:

  • Existencia de dolo o culpa.
  • Beneficio económico obtenido.
  • Impacto en servicios públicos.

Alcance y efectos jurídicos

Además, la normativa regula la ejecución de sanciones y su inscripción en el Registro de Proveedores del Estado (RPE).

En ese sentido, la inhabilitación de un miembro afectará a todo el consorcio. Igualmente, podrá extenderse a empresas vinculadas si se comprueba fraude o simulación.

Procedimientos simplificados

Por otra parte, se introducen mecanismos más ágiles. Por ejemplo, los proveedores que admitan la falta y propongan reparar el daño podrán acogerse a procesos simplificados.

Entrada en vigor y consulta

El reglamento entrará en vigencia 30 días hábiles después de su publicación oficial. Mientras tanto, los ciudadanos pueden consultarlo en el portal institucional de la DGCP.

Avances en la reforma

Hasta la fecha, la DGCP ha publicado dos de los seis reglamentos previstos en la Ley 47-25. En consecuencia, el proceso busca garantizar mayor eficiencia, transparencia y coherencia en las contrataciones públicas.

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