junio 18, 2025
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Pacheco niega que 133 diputados deban declaración jurada

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.– El presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, rechazó este martes la cifra divulgada por la Cámara de Cuentas de la República Dominicana (CCRD), que indicaba que 133 diputados no han presentado su declaración jurada de patrimonio, como establece la Ley 311-14.

Pacheco aseguró que dicha información es “falsa de toda falsedad” y atribuyó el dato a un comunicado “no oficial” que ha generado confusión y críticas infundadas contra el Congreso.

“En realidad, son alrededor de 100 exdiputados los que no han completado el proceso ante la Cámara de Cuentas. Actualmente, solo 34 diputados activos están pendientes, muchos de ellos por simple descuido”, explicó.

Advirtió: no hay salario en julio si no cumplen.

Pacheco fue enfático: los legisladores que no hayan regularizado su situación antes del próximo mes no recibirán salario en julio.

“Este mes la nómina está servida. Para el próximo, si no han entregado su declaración, les vamos a retener el pago”, sentenció.

Un diputado devenga mensualmente RD$320,000, además de otros beneficios institucionales.

“En el Senado, todos han cumplido”.

El titular de la Cámara Baja aseguró que en el Senado de la República no hay un solo legislador sin presentar su declaración jurada. “Los que faltan son exsenadores y exdiputados, y ya no están bajo nuestra jurisdicción”, indicó.

También confirmó que hay representantes que ni siquiera han iniciado el trámite ante la CCRD, a pesar del plazo legal establecido.

Criticó la desinformación: “Nos están descuartizando”.

Pacheco también arremetió contra medios de comunicación que, según dijo, difunden datos incorrectos que dañan la imagen del Congreso.

“Le pido a esos distinguidos francotiradores que nos permitan trabajar. Tenemos un mes cargado de proyectos y necesitamos enfocarnos”, declaró.

¿Qué establece la Ley 311-14?

La Ley 311-14 obliga a todo funcionario público a presentar su declaración jurada de bienes en los 30 días posteriores a su toma de posesión, incluyendo los activos de su comunidad conyugal. El incumplimiento puede acarrear sanciones administrativas, retención de salarios y procedimientos disciplinarios.

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