RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El Senado de la República recibió un proyecto de ley que busca modernizar y actualizar el Código de Trabajo, endureciendo las sanciones para los empleadores que cometen infracciones laborales.
Actualmente, las infracciones leves son castigadas con multas de uno a tres salarios mínimos. Sin embargo, el nuevo proyecto eleva estas sanciones a un rango de dos a seis salarios mínimos, basándose en la resolución vigente para el sector privado no sectorizado.
Las infracciones graves, que hoy se penalizan con multas de tres a seis salarios mínimos, verían un aumento a entre siete y 12 salarios mínimos.
En el caso de las faltas muy graves, el castigo pasaría de entre siete y 12 salarios mínimos a un rango de 13 a 24 salarios mínimos.
El proyecto también propone modificar el artículo 720 del Código de Trabajo, permitiendo que las infracciones laborales sujetas a sanciones penales se sancionen de forma acumulativa por cada trabajador afectado.
Sanciones específicas
– Multas de dos a seis salarios mínimo: Se impondrán a los empleadores que incumplan con las obligaciones de actualización de datos ante el Ministerio de Trabajo, según los artículos 159 y 160 del Código.
– Multas de siete a 12 salarios mínimos: Se aplicarán a quienes no paguen salarios, no respeten el salario mínimo, reduzcan el salario de sus trabajadores, incumplan con el pago de horas extraordinarias o violen el Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo.
– Multas de 13 a 24 salarios mínimos: Se sancionarán las infracciones relacionadas con la protección de la maternidad, la contratación ilegal de menores o de trabajadores extranjeros, así como las que comprometan la seguridad laboral y la libertad sindical. Las reincidencias aumentarán la multa en un 100 %.

