RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- La Sociedad Dominicana de Diarios, Inc. (SDD) rechazo las Políticas de Protección de Datos que ha puesto en marcha la Suprema Corte de Justicia (SCJ), al querer restringir el acceso de la prensa a informaciones públicas.
Al fijar posición sobre el proyecto, la SDD reafirmó su compromiso de luchar para que la “Política de Protección de Datos” del Poder Judicial sea revocada en su totalidad.
La entidad periodística, de igual modo, informó que se acoge al llamado al diálogo realizado por el presidente de la Suprema Corte de Justicia, Henry Molina, mediante una misiva del 19 de noviembre de 2024 dirigida a la directiva de la SDD.
La Sociedad Dominicana de Diarios aseguró que la “Política de Protección de Datos” pretende legislar de manera unilateral, contraviniendo preceptos constitucionales y legales que garantizan el derecho de los ciudadanos al acceso a información sobre procesos judiciales.
La entidad considera que la iniciativa fomenta la opacidad judicial al conceder un poder excesivo de discrecionalidad para ocultar datos esenciales para la transparencia y el ejercicio de las libertades públicas, dificultando el acceso a fuentes públicas y privadas de interés colectivo.
La SCJ fundamenta el referido documento en una interpretación errónea de diversas leyes que no son aplicables a los procesos judiciales, presentando argumentos que contradicen disposiciones legales que sí respaldan el acceso a los expedientes judiciales, señala la SDD.
En ese sentido, cita el ordinal 4 del artículo 69 de la Constitución dominicana, el cual establece que toda persona tiene derecho a un juicio público, oral y contradictorio, con igualdad de condiciones y pleno respeto al derecho de defensa.
De igual modo, recuerda que la Carta Magna limita las facultades del Poder Judicial, incluida la Suprema Corte de Justicia, a la administración de justicia, sin otorgarle competencias legislativas.
En ese contexto, la SDD sostiene que el rol de la Suprema Corte de Justicia se circunscribe a resolver conflictos entre personas físicas o morales en derecho privado o público, juzgando y ejecutando lo juzgado.
Establece que la SCJ omite que Ley 172-13, sobre la protección de datos personales, en su artículo 1, establece que no se afectarán las fuentes de información periodísticas, esto como respuesta a que el tribunal de alzada ha dicho en su documento que la referida ley es aplicable al tratamiento de datos por los juzgados y tribunales del país.
El citado instrumento legal, que tiene como objetivo garantizar la protección de los datos personales, respetando el derecho al honor y la intimidad, también facilita el acceso a información en conformidad con el artículo 44 de la Constitución.
“En el artículo 4, ordinal 2, de la Ley 172-13, se especifica que el régimen de protección de datos personales no se aplica a archivos de datos relacionados con organismos de investigación y de inteligencia encargados de prevenir, perseguir y castigar delitos. Por lo tanto, la aplicación de esta política a procesos judiciales resulta improcedente”, expresa el documento de la SDD.
Agregó que esta política contraviene el párrafo II del artículo 42 de la Ley núm. 2-23 sobre Recurso de Casación, que dispone que las sentencias de la Corte de Casación deben ser publicadas íntegramente en el Boletín Judicial, de forma impresa y digital en la página web de la SCJ.
Apuntó que la Política de Protección de Datos del Poder Judicial busca restringir la publicidad de los juicios establecida en la Constitución y las leyes, limitando el acceso de la prensa a estos procesos.
“Esto viola el artículo 49 de la Constitución, que consagra el derecho de toda persona a la información”, concluye.