RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) determinó que, de acuerdo con el artículo 16 del Código de Trabajo y sus reglamentos, es responsabilidad del empleador demostrar, mediante registros, planillas, carteles, y libros de sueldos y jornales, si la remuneración recibida por un trabajador y la cotización reportada a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) es menor al monto alegado por el trabajador.
La decisión subraya que es el empleador quien debe probar la justa causa del despido. La carga de la prueba recae sobre el empleador tanto en la jurisdicción de primer grado como a nivel de apelación.
En su sentencia SCJ-TS-23-1171, fechada el 20 de octubre de 2023, la Suprema Corte de Justicia señala que la jurisprudencia es constante al afirmar que la determinación del monto del salario de un trabajador demandante en casos de prestaciones laborales es una cuestión de hecho que debe ser evaluada por los jueces del fondo.
Esta evaluación escapa al control de la casación, salvo en casos de desnaturalización.
La jurisprudencia también establece que, para determinar el monto del salario a efectos de pagar indemnizaciones laborales al trabajador, deben considerarse los sueldos devengados en el último año de servicio.
Esto incluye cualquier descuento que el empleador deba hacer, siempre que sean deducciones del salario ordinario.
Según un comunicado, la Tercera Sala de la SCJ decidió anular la sentencia núm. 028-2022-SSEN-00318, dictada el 13 de octubre de 2022 por la Primera Sala de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional. El caso fue remitido a la Segunda Sala de la misma Corte para su revisión.