abril 25, 2025
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Justicia

TC anula la Ley 10-15 y elimina artículos del Código Procesal Penal

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad de la Ley núm. 10-15 debido a vicios de forma detectados durante su proceso de aprobación. Esta decisión conlleva la eliminación de 111 de los 449 artículos que componen el Código Procesal Penal. La ley impugnada, que modificaba la Ley núm. 76-02 del 19 de julio de 2002, regía aspectos fundamentales de la investigación y la acción penal, tanto pública como privada.

En su sentencia, el Tribunal Constitucional instó al Congreso Nacional a elaborar una nueva normativa que subsane los vicios formales en un plazo máximo de un año, contado desde la notificación de la decisión. Si no se cumple con este plazo, la Ley 10-15 perderá su vigencia de manera automática, y el régimen procesal penal se regirá nuevamente por la Ley 76-02. Esta medida afectará directamente los derechos de las víctimas, ya que las privará de la posibilidad de ser representadas legalmente en casos de crimen o delito, y eliminará varias garantías previamente establecidas.

El regreso a la normativa anterior implica la derogación de artículos esenciales que ofrecían protección a las víctimas, tales como el derecho a ser escuchadas antes de cualquier decisión que implique la extinción o suspensión de la acción penal, así como la posibilidad de recibir asistencia legal gratuita si carecen de recursos. Asimismo, los querellantes perderían la facultad de solicitar la declaratoria de rebeldía de un imputado que no comparezca ante una citación o se fugue del establecimiento donde se encuentre detenido.

El Tribunal también destacó que el procedimiento de aprobación de la Ley 10-15 fue realizado de manera unilateral por el Senado, sin la participación de la Cámara de Diputados, lo que incumplió el quórum necesario para la validez de una ley de esta naturaleza. En ese sentido, el fallo reitera que las leyes orgánicas, como la que regula el Código Procesal Penal, deben ser aprobadas con una mayoría calificada de dos tercios en ambas cámaras legislativas.

Entre los artículos eliminados se encuentran disposiciones clave relacionadas con la acción privada, la suspensión condicional del procedimiento, la imprescriptibilidad de ciertos delitos y la cooperación internacional. También se excluye la obligación de la Oficina de Atención Permanente de ofrecer servicios las 24 horas, según lo establecido en la Ley 10-15.

Si el Congreso no aprueba una nueva legislación en el plazo establecido, se restablecerán las disposiciones originales del Código Procesal Penal. Esto implica una reducción en los plazos de duración de los procesos judiciales, limitando a tres años la duración máxima de un proceso, en lugar de los cuatro actuales, y alterando las condiciones bajo las cuales se pueden realizar registros en lugares públicos o se pueden imponer medidas de coerción.

Con esta decisión, el Tribunal Constitucional reitera la importancia de garantizar un proceso legislativo transparente y conforme a los principios democráticos establecidos por la Constitución. La anulación de la Ley 10-15 plantea desafíos importantes para el sistema de justicia penal en la República Dominicana, especialmente en lo que respecta a la protección de los derechos de las víctimas y el acceso a la justicia.

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