RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO. – El Tribunal Constitucional (TC) ratificó la inadmisibilidad de un recurso de amparo relacionado con el Pacto Nacional para la Reforma del Sector Eléctrico. Además, confirme la decisión previa emitida por el Tribunal Superior Administrativo (TSA).
La sentencia TC/0431/26 rechazó el recurso de revisión constitucional interpuesto por la Fundación Justicia y Transparencia (FJT) y otras organizaciones. Por lo tanto, la alta corte mantuvo el criterio de que el amparo no era la vía adecuada.
El tribunal declaró el recurso admisible en cuanto a la forma. Sin embargo, en el fondo rechazará las pretensiones de los accionantes. Asimismo, validó la sentencia emitida por la Primera Sala del TSA.
TC confirma vía administrativa como mecanismo adecuado
El Tribunal Constitucional sostuvo que existen mecanismos ordinarios para resolver el conflicto. En consecuencia, indicó que la jurisdicción contencioso-administrativa es la vía idónea.
Además, explicó que dicha jurisdicción puede conocer solicitudes sobre nulidad de actos medidas y cautelares. Por lo tanto, el amparo no debe sustituir procesos judiciales más amplios.
El TC reafirmó su criterio sobre el uso limitado del amparo. Asimismo, recordó que esta acción solo procede cuando no existen otras vías efectivas.
Origen del conflicto y decisión final de la TSA
La controversia surgió tras una acción presentada contra el Consejo Económico y Social (CES) y otras instituciones. En ese momento, las organizaciones buscaban detener la firma del Pacto Eléctrico.
Además, solicitaban restablecer la participación de sectores excluidos del diálogo. Sin embargo, la TSA declaró inadmisible la acción en marzo de 2021.
El tribunal demostró que existía una vía judicial efectiva. Por lo tanto, se determinó que el recurso contencioso-administrativo era el procedimiento adecuado.
La decisión del TC fue adoptada por mayoría. No obstante, algunos magistrados no participaron en la deliberación, y se registró un voto salvado en la sentencia.

