RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.– El Tribunal Constitucional de la República Dominicana declaró conforme con la Constitución la Ley 45-25, que fusiona el Ministerio de Hacienda y el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD). En consecuencia, la alta corte determinó que la norma podía aprobarse mediante ley ordinaria.
Además, la sentencia TC/0288/26 establece que la reforma no requería el procedimiento reforzado de una ley orgánica. El tribunal centró su análisis en la naturaleza de las funciones reorganizadas dentro del Poder Ejecutivo.
Debate constitucional: ley ordinaria o ley orgánica
El caso giró en torno a si la fusión ministerial afectaba materias reservadas por la Constitución a leyes orgánicas, como el régimen económico-financiero del Estado o la planificación pública.
Por su parte, el accionante Wilkin Antonio Moreno Abreu alegó que la ley intervenía en áreas sensibles del sistema presupuestario. También sostuvo que la integración de funciones eliminaba contrapesos técnicos en la gestión pública.
Argumentos del Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional rechazó esos planteamientos y sostuvo que la norma no regula materias constitucionalmente reservadas.
Asimismo, explicó que existe una diferencia jurídica entre “regular” y “organizar” la administración pública. En ese sentido, la sentencia afirma que la ley solo redistribuye competencias entre ministerios.
En consecuencia, el tribunal concluyó que la Ley 45-25 no modifica el régimen económico-financiero del Estado ni crea un nuevo sistema de planificación.
Voto disidente en la sentencia TC/0288/26
La magistrada Army Ferreira emitió un voto disidente en el que cuestionó la metodología utilizada por la mayoría del tribunal.
Además, señaló que el análisis debió centrarse en el contenido material de la norma y no en su denominación formal o intención legislativa. Según su criterio, la decisión adopta una visión excesivamente formalista del control constitucional.
Impacto institucional de la fusión ministerial
La decisión valida la reorganización del aparato económico del Estado, que integra Hacienda y el MEPyD bajo una sola estructura administrativa.
En consecuencia, la reforma redefine la distribución de funciones en áreas clave como:
- Presupuesto público
- Planificación estatal
- Inversión pública
Qué implica la decisión para el Estado dominicano
La sentencia consolida jurídicamente la fusión ministerial y abre la fase de implementación administrativa. Sin embargo, persisten debates sobre el impacto en los mecanismos de control y el equilibrio institucional.
Finalmente, el proceso de aplicación permitirá evaluar si la integración mejora la eficiencia del Estado o si concentra funciones estratégicas en una sola estructura.

