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TSA se declara incompetente en caso de nulidad de contrato entre MOPC y Sargeant Petroleum

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) determinó su incompetencia para conocer el recurso contencioso administrativo presentado por el Estado dominicano, a través del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), contra Sargeant Petroleum, LTD y Mustafa Abu Naba’a. Este recurso buscaba la nulidad de un contrato y la devolución de valores asociados al mismo.

El tribunal, presidido por Luisa del Carmen Canaán e integrado por William Encarnación Mejía y Willys de Jesús Mejía Núñez, acogió la excepción de incompetencia planteada por Sargeant Petroleum y Abu Naba’a, instruyendo a las partes a continuar el proceso ante el Centro Internacional para la Solución de Disputas e Inversiones (CIADI), según lo estipulado en el contrato en cuestión.

Cláusula arbitral en el contrato

El contrato suscrito el 26 de febrero de 2003 entre el MOPC y Sargeant Petroleum incluía una cláusula arbitral que establece que cualquier controversia sería resuelta bajo las reglas de la Cámara de Comercio Internacional, con sede en París, aplicando las leyes del Estado de Texas. Esta disposición no fue alterada por las adendas posteriores, y las partes acordaron que las diferencias serían dirimidas mediante arbitraje, renunciando a la vía judicial.

El TSA reafirmó que esta cláusula arbitral prorrogó la competencia judicial hacia la jurisdicción arbitral, declarando la incompetencia del tribunal administrativo en este caso.

Contexto del conflicto

La disputa surgió luego de que el MOPC presuntamente incumpliera sus obligaciones contractuales frente a Sargeant Petroleum, lo que derivó en una reclamación arbitral presentada el 10 de diciembre de 2021, bajo el marco del Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (DR-Cafta).

En respuesta, el MOPC presentó una demanda ante el TSA el 25 de julio de 2022, lo que los abogados de Sargeant calificaron como una estrategia para distraer al tribunal arbitral internacional.

El 5 de abril de 2023, la Cuarta Sala del TSA también se declaró incompetente para conocer la demanda del MOPC y ordenó continuar con el arbitraje. Sin embargo, esta decisión fue recurrida por el MOPC ante la Suprema Corte de Justicia, que el 30 de abril de 2024 revocó la sentencia y remitió el caso a la Primera Sala del TSA. Finalmente, el 14 de noviembre pasado, esta sala reiteró la incompetencia del tribunal administrativo.

Este caso evidencia los desafíos legales y contractuales que enfrenta el Estado dominicano en conflictos internacionales, así como la importancia de cumplir con los acuerdos estipulados en contratos vinculados a tratados internacionales.

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