RDÉ DIGITAL SANTO DOMINGO.- El Presidente Luis Abinader acudirá este domingo al Salón de la Asamblea Nacional para la proclamación oficial de la nueva Constitución modificada, culminando así el proceso de reforma iniciado por el Poder Ejecutivo. El acto se llevará a cabo en el Congreso Nacional, con elementos promocionales, en medio de una agenda política que ha estado marcada por las discusiones sobre la reforma fiscal.
Este evento contará con la ausencia de legisladores opositores, especialmente los de la Fuerza del Pueblo, cuyo vocero, Rafael Castillo, confirmó su no participación. La lectura completa de la Constitución se realizará el sábado como parte del cierre del proceso de aprobación.
Detalles de la reforma
Entre las modificaciones destacadas está la separación de las elecciones municipales, congresuales y presidenciales hasta 2028. Las elecciones municipales se celebrarán el tercer domingo de febrero de ese año, con la toma de posesión en abril. A partir de 2032, se espera unificar los procesos con votación electrónica, siguiendo las recomendaciones de la Junta Central Electoral.
Otro cambio importante es la inclusión de un artículo pétreo que prohíbe la reelección presidencial por más de dos períodos, blindando la alternancia en el poder. Además, el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) sufrirá cambios con la exclusión del Procurador General de la República, siendo reemplazado por el presidente del Tribunal Constitucional.
Nuevas disposiciones
El presidente de la República será el único facultado para proponer candidatos a procurador general, quienes deberán estar fuera de la política por cinco años antes de ser propuestos. El CNM elegirá al procurador por cuatro años, con posibilidad de ratificación a los dos años.
Se aprobó la reducción de 178 a 158 diputados, distribuidos según la densidad poblacional de las provincias. También se mantendrán cinco diputados a nivel nacional por acumulación de votos y los siete del exterior. Se creó la figura del Abogado General de la Administración Pública, encargado de representar al Estado en la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, regulado por una ley especial.

