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Bancos comerciales aplicarán nuevas tarifas a partir de junio

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO. – La banca privada comenzará a aplicar desde este mes una nueva escala por servicios y transacciones, incluyendo la eliminación de las penalidades para la reapertura de cuentas.

Mediante un aviso por correo electrónico, las entidades financieras notifican el cambio tarifario a partir del 24 de este mes.

Las cuentas corrientes requerirán un monto mínimo de apertura de RD$5,000. El manejo de cuenta costará RD$250 y el cargo por balance mínimo será de RD$150. La circular se refiere a las cuentas en moneda extranjera, emisión de tarjetas y pagos con cheques.

El monto mínimo de apertura de una cuenta de ahorro en pesos será de RD$3,000, que también será el balance mínimo requerido.

El cargo por balance mínimo oscilará entre RD$60 y RD$65, mientras que el costo por pérdida o deterioro de una libreta de ahorros será de RD$200. Al momento de abrir una cuenta, el cliente deberá pagar RD$200 como única comisión.

Es responsabilidad de la Superintendencia de Bancos facilitar a las entidades supervisadas el cumplimiento de la regulación emitida por la Administración Monetaria y Financiera, instruyéndoles sobre los lineamientos operativos mínimos que deben seguir para la apertura, emisión, renovación, cancelación o cierre y control de los productos de captación de recursos.

Los bancos comerciales han comenzado a notificar a sus clientes mediante avisos, explicando que este mes comenzarán a reflejar cambios en sus tarifas de servicios, para dar cumplimiento a una circular de la Superintendencia de Bancos de la República Dominicana.

Informan los detalles para abrir una cuenta en el sistema financiero, ya que el monto mínimo para abrir una cuenta de ahorros o corriente era de RD$500, pero se establecía un balance mínimo muy superior. Si el usuario no mantenía este balance, era sujeto de penalidad, lo que generaba inquietud.

Con la nueva circular, las entidades financieras no podrán cobrar penalidad si el cliente no mantiene un balance mínimo superior al monto de apertura de cuentas, ya que ambos montos serán iguales.

La disposición, consultada con el sector monetario y financiero, proviene de la Superintendencia de Bancos y está dirigida a los entes del sistema: Bancos Múltiples, Bancos de Ahorro y Crédito, Asociaciones de Ahorros y Préstamos, Corporaciones de Crédito y Entidades Públicas de Intermediación Financiera.

El documento se denomina: “Instructivo sobre Instrumentos de Captación de Fondos del Público”, y su objetivo es establecer los lineamientos mínimos que deberán observar las EIF (Entidades de Intermediación Financiera) para la apertura, emisión, renovación, cancelación o cierre y control de los productos de captación de recursos del público, y los diferentes canales que podrán utilizar las entidades para realizar estas operaciones.

La circular indica que “como resultado del proceso de consultas públicas de los sectores interesados, se recibieron observaciones de la Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana, Inc. (ABA), la Liga Dominicana de Asociaciones de Ahorros y Préstamos, Inc. (LIDAAPI) y la Asociación de Bancos de Ahorro y Crédito y Corporaciones de Crédito, Inc. (ABANCORD)”.

Precisa que esas opiniones y recomendaciones fueron consideradas y analizadas por la Superintendencia de Bancos para ser incorporadas en el Instructivo.

Asimismo, la normativa también toma en cuenta la necesidad de adecuar el monto de apertura y depósitos de la cuenta básica, conforme a la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor.

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