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Calendario oficial de días feriados en RD para 2026

Ministerio de Trabajo confirma feriado de Corpus Christi 2026

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Trabajo publicó el listado oficial de días feriados para 2026, cumpliendo la Ley 139-97, que regula el traslado de los festivos en la República Dominicana.

La normativa establece que los feriados que caen entre martes y viernes se trasladan al lunes más cercano. La medida busca favorecer la planificación laboral y crear fines de semana largos que impulsen el turismo interno. La disposición aplica en todos los establecimientos públicos y privados del país.

Feriados inamovibles y trasladables

  • Enero
    • Jueves 1: Año Nuevo
    • Martes 6: Santos Reyes → lunes 5.
    • Miércoles 21: Nuestra Señora de la Altagracia
    • Lunes 26: Natalicio de Juan Pablo Duarte
  • Febrero
    • Viernes 27: Independencia Nacional
  • Abril
    • Viernes 3: Viernes Santo
  • Mayo
    • Viernes 1: Día del Trabajo → lunes 4
  • Junio
    • Jueves 4: Corpus Christi
  • Agosto
    • Domingo 16: Día de la Restauración
  • Septiembre
    • Jueves 24: Nuestra Señora de las Mercedes
  • Noviembre
    • Viernes 6: Día de la Constitución → lunes 9.
  • Diciembre
    • Viernes 25: Navidad

Objetivo de los traslados

La Ley 139-97 busca que los trabajadores disfruten de descansos prolongados y que se dinamice la economía local. Las fechas patrias y religiosas de mayor simbolismo, como la Independencia, el Viernes Santo y la Navidad, se mantienen en su fecha original.

En total, tres feriados se trasladan a lunes: Santos Reyes, Día del Trabajo y Día de la Constitución. Los demás se celebrarán en sus fechas originales.

Beneficios para la planificación y el turismo

El calendario permite organizar mejor vacaciones, actividades familiares y eventos empresariales. Además, los fines de semana largos favorecen el turismo interno, impulsando hoteles, restaurantes y comercios en playas, montañas y polos ecoturísticos del país.

El calendario completo está disponible en el portal oficial del Ministerio de Trabajo: www.mt.gob.do.

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