RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El Ministerio de Trabajo publicó el listado oficial de días feriados para 2026, cumpliendo la Ley 139-97, que regula el traslado de los festivos en la República Dominicana.
La normativa establece que los feriados que caen entre martes y viernes se trasladan al lunes más cercano. La medida busca favorecer la planificación laboral y crear fines de semana largos que impulsen el turismo interno. La disposición aplica en todos los establecimientos públicos y privados del país.
Feriados inamovibles y trasladables
- Enero
- Jueves 1: Año Nuevo
- Martes 6: Santos Reyes → lunes 5.
- Miércoles 21: Nuestra Señora de la Altagracia
- Lunes 26: Natalicio de Juan Pablo Duarte
- Febrero
- Viernes 27: Independencia Nacional
- Abril
- Viernes 3: Viernes Santo
- Mayo
- Viernes 1: Día del Trabajo → lunes 4
- Junio
- Jueves 4: Corpus Christi
- Agosto
- Domingo 16: Día de la Restauración
- Septiembre
- Jueves 24: Nuestra Señora de las Mercedes
- Noviembre
- Viernes 6: Día de la Constitución → lunes 9.
- Diciembre
- Viernes 25: Navidad
Objetivo de los traslados
La Ley 139-97 busca que los trabajadores disfruten de descansos prolongados y que se dinamice la economía local. Las fechas patrias y religiosas de mayor simbolismo, como la Independencia, el Viernes Santo y la Navidad, se mantienen en su fecha original.
En total, tres feriados se trasladan a lunes: Santos Reyes, Día del Trabajo y Día de la Constitución. Los demás se celebrarán en sus fechas originales.
Beneficios para la planificación y el turismo
El calendario permite organizar mejor vacaciones, actividades familiares y eventos empresariales. Además, los fines de semana largos favorecen el turismo interno, impulsando hoteles, restaurantes y comercios en playas, montañas y polos ecoturísticos del país.
El calendario completo está disponible en el portal oficial del Ministerio de Trabajo: www.mt.gob.do.

