RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.– El Comité Olímpico Internacional (COI) aclaró que los atletas transgénero no están excluidos. Por el contrario, podrán competir si cumplen con los criterios de clasificación.
Sin embargo, deberán participar en la categoría correspondiente a su sexo biológico. Esta medida aplicará desde los Juegos Olímpicos de 2028.
Nuevas reglas para competir
El COI aprobó esta decisión el 26 de marzo. Además, indicó que solo las mujeres biológicas podrán competir en pruebas femeninas.
Por otro lado, la norma no será retroactiva. Es decir, no afectará resultados anteriores ni medallas ya otorgadas.
Prueba genética obligatoria
Para definir la elegibilidad, el COI implementará una prueba del gen SRY. Este gen solo está presente en hombres biológicos.
La prueba es simple y no invasiva. Se realiza con un hisopo bucal y solo una vez en la vida.
Asimismo, el organismo asegura que su precisión supera el 99 %. Por tanto, la considera un método confiable.
Excepciones contempladas
No obstante, existen algunas excepciones. Estas aplican en casos de condiciones genéticas poco frecuentes.
Por ejemplo, el síndrome de insensibilidad androgénica. En estos casos, se permitirán evaluaciones adicionales.
Además, algunas federaciones podrán solicitar excepciones. Esto ocurrirá en deportes donde el sexo no represente ventaja, como la hípica.
Derechos y condiciones
El COI enfatizó que la medida no excluye a las personas trans. De hecho, podrán participar en otras competiciones deportivas.
Sin embargo, si un atleta rechaza la prueba, no podrá competir en la categoría femenina.
Aplicación en menores
En el caso de menores de edad, la prueba será opcional con autorización. No obstante, será obligatoria en los Juegos Olímpicos de la Juventud desde 2030.
Finalmente, el COI explicó que estos cambios responden a avances científicos. Además, buscan garantizar la equidad en el deporte olímpico.
