RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia, en su sesión número 26-2024, aprobó la modificación del Reglamento que regula el Comité de Comportamiento Ético del Poder Judicial. Este instrumento busca fortalecer el sistema de integridad institucional en la administración de justicia, reconociendo que un desempeño ético sólido en la función pública es esencial para garantizar la prevención de faltas disciplinarias.
El reglamento define al Comité de Comportamiento Ético como un órgano especializado en ética e integridad judicial. Este comité se encargará de aplicar, estudiar, promover y difundir los valores y principios establecidos en el Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia supervisará la regulación según el contexto del reglamento.
El Comité está conformado por seis jueces de la Suprema Corte, quienes serán elegidos por el Pleno a propuesta del juez presidente, que también presidirá el Comité. Entre las funciones del Comité se incluyen recibir y resolver solicitudes sobre reproches éticos, responder consultas de servidores judiciales y hacer recomendaciones para unificar criterios éticos a nivel nacional.
Además, el reglamento establece cuatro Comisiones Consultivas Regionales, que actuarán como entidades colaboradoras del Comité. Estas comisiones promoverán los valores éticos y podrán operar en sus respectivas demarcaciones o en aquellas asignadas por el Comité. Su función será siempre consultiva y no deliberativa.
La distribución de estas comisiones se organiza de la siguiente manera: la Comisión Región Central abarca los Departamentos Judiciales del Distrito Nacional y Santo Domingo; la Comisión Región Este incluye el Departamento Judicial de San Pedro de Macorís; la Comisión Región Norte comprende los Departamentos Judiciales de Santiago, La Vega, San Francisco de Macorís, Montecristi y Puerto Plata; y la Comisión Región Sur cubre los Departamentos Judiciales de San Cristóbal, San Juan de la Maguana y Barahona.
Cada Comisión Consultiva Regional estará integrada por un juez de la Suprema Corte que la presidirá y cuatro jueces de Corte de Apelación de la región correspondiente, designados por el Comité de Comportamiento Ético a propuesta de su presidente.
El reglamento deja claro que las funciones del Comité y de las Comisiones Consultivas Regionales no tienen carácter sancionatorio, sino que se enfocan en la prevención para empoderar a jueces y servidores judiciales sobre el Código de Comportamiento Ético y el Código Iberoamericano de Ética, dentro del marco normativo de la Cumbre Judicial Iberoamericana.
Antes de la aprobación de estas modificaciones, el proyecto de reglamento se publicó para consulta pública durante 15 días hábiles, en cumplimiento de la Ley núm. 107-13 sobre derechos y deberes frente a la Administración Pública y la Ley núm. 200-04 sobre Libre Acceso a la Información Pública, garantizando así los principios de transparencia y participación ciudadana.
Finalmente, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia, el 17 de octubre del presente año, aprobó el reglamento y ordenó su publicación en los medios oficiales, estableciendo que entrará en vigor 30 días después de su difusión.