RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.– El presidente Luis Abinader emitió el Decreto 719-26 para regular la zafra azucarera 2026-2027. La disposición prioriza el abastecimiento del mercado dominicano y establece controles para las exportaciones de azúcar y sus derivados.
La medida busca garantizar el consumo interno y, al mismo tiempo, cumplir los compromisos comerciales con Estados Unidos y otros mercados internacionales. Para ello, fija requisitos que deberán cumplir los ingenios y las empresas productoras.
INAZUCAR controlará las exportaciones de azúcar
El decreto asigna al Instituto Azucarero Dominicano (INAZUCAR) la responsabilidad de emitir los permisos para exportar azúcar, melaza y otros subproductos. Por tanto, las empresas deberán obtener autorización antes de realizar cualquier embarque internacional.
Asimismo, los Certificados de Elegibilidad sobre Cuota (CQE), requeridos para exportar azúcar al mercado preferencial estadounidense, solo podrán entregarse a ingenios y productores autorizados. La normativa prohíbe emitir estos documentos a terceros sin autorización.
En caso de que la producción nacional resulte insuficiente, INAZUCAR deberá expedir las licencias correspondientes para importar azúcar. Además, los programas de molienda y producción deberán tomar en cuenta tanto la demanda local como los compromisos internacionales.
Ingenios deberán reportar sus ventas y contratos
Las empresas azucareras también tendrán nuevas obligaciones de información. En particular, deberán notificar cada venta realizada en Estados Unidos, la Unión Europea y otros mercados dentro de los ocho días posteriores a la operación.
De igual manera, tendrán que entregar una copia del contrato dentro de los ocho días hábiles siguientes a su recepción.
Además, deberán presentar un certificado con la cantidad y las características del azúcar exportado. Este documento incluirá el nivel de polarización y la presencia de materias extrañas. El plazo será de tres días hábiles después de recibir el informe de desembarque.
Por otra parte, los ingenios deberán informar mensualmente sobre cambios en sus estimaciones de producción y en el cumplimiento de las cuotas asignadas.
Decreto contempla sanciones por incumplimiento
La disposición establece consecuencias para las empresas que no informen a tiempo sobre posibles déficits de producción. En esos casos, el Poder Ejecutivo podrá aplicar reducciones proporcionales en sus cuotas de exportación para la zafra siguiente.
Con estas medidas, el Gobierno procura mantener la disponibilidad de azúcar en el mercado dominicano y supervisar las operaciones comerciales del sector. Al mismo tiempo, establece mecanismos para controlar las exportaciones y verificar el cumplimiento de los compromisos internacionales durante la zafra 2026-

