RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- La Oficina Nacional de la Defensa Pública llamó este jueves al Congreso Nacional a asegurar que la reforma al Código Procesal Penal (CPP) preserve íntegramente las garantías constitucionales y los estándares internacionales en materia de debido proceso, en momentos en que avanza la discusión legislativa del proyecto.
El director de la institución, Rodolfo Valentín Santos, advirtió que la rapidez con que se analiza la propuesta no debe comprometer principios esenciales del sistema penal.
“Estamos ante una normativa que regula la libertad, la seguridad jurídica y la justicia social. Un Código Procesal Penal no puede vulnerar garantías constitucionales bajo ningún concepto”, señaló.
Valentín Santos recordó que la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos establece que el respeto al debido proceso es obligatorio para cualquier autoridad estatal que tome decisiones que afecten derechos u obligaciones, y no únicamente para el Poder Judicial.
“El país tiene obligaciones internacionales que deben cumplirse”, enfatizó.
Observaciones al contenido de la reforma
El director de la Defensa Pública puntualizó varios aspectos del borrador legislativo que, a su juicio, podrían generar desequilibrios procesales o vulnerar derechos fundamentales:
- Artículo 332: preguntas sugestivas
Cuestionó la posibilidad de permitir preguntas sugestivas en el interrogatorio directo cuando el testigo sea renuente por pudor. Indicó que este tipo de preguntas deben limitarse al contrainterrogatorio para evitar inducir respuestas y comprometer la fiabilidad de la prueba. Sugirió que, para proteger al testigo, se utilicen audiencias a puerta cerrada sin alterar las técnicas de interrogación. - Uso de declaraciones previas para “refrescar memoria”
Advirtió que la propuesta podría facilitar la incorporación de testimonios tomados en sede policial o fiscal sin supervisión judicial, afectando los principios de contradicción e inmediación. Señaló que las declaraciones extrajudiciales no pueden sustituir el testimonio oral rendido en juicio. - Artículo 378: informes del Ministerio Público
Consideró inconstitucional el párrafo que permitiría leer informes e interrogatorios realizados por el Ministerio Público incluso si el testigo no comparece. Según explicó, reemplazar la declaración directa con documentos escritos vulnera el artículo 69.4 de la Constitución y el principio de contradicción. - Artículo 384: medidas de seguridad
Cuestionó que la duración de las medidas de seguridad se vincule a la pena de la infracción. Argumentó que ello contradice el principio de inimputabilidad y convierte una medida terapéutica en una sanción encubierta, insistiendo en que su duración debe definirse según criterios clínicos.
Llamado a una reforma sin retrocesos
Valentín Santos reiteró que el país necesita una actualización del CPP, pero advirtió que esta no puede significar un retroceso en materia de derechos fundamentales.
“El debido proceso es un límite indispensable frente al poder punitivo del Estado. Un CPP que no lo respete pondría en riesgo la libertad y la justicia en la República Dominicana”, concluyó.

