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DGCP aprueba reglamento del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas

DGCP aprueba reglamento del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.– La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) emitió el reglamento núm. DGCP SNCP-03-2026. Además, la normativa regula el uso del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP).

Este sistema es la plataforma oficial para la gestión de los procesos de contratación pública en el país. En consecuencia, su uso será obligatorio para las instituciones del Estado.

Reglamento establece reglas técnicas y operativas del sistema

La DGCP explicó que la normativa define disposiciones técnicas, operativas y procedimentales. Asimismo, regula la organización, funcionamiento, mantenimiento y seguridad del sistema.

De igual forma, el reglamento aborda la interoperabilidad y la prestación de servicios del SECP. Por lo tanto, busca estandarizar su funcionamiento en toda la administración pública.

Entrada en vigencia y alcance obligatorio

El reglamento entrará en vigencia el 1 de julio de 2026. Además, su cumplimiento será obligatorio para todas las instituciones sujetas a la Ley 47-25.

También incluye a los proveedores del Estado y a los demás actores del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas. En consecuencia, todos los procesos deberán adaptarse a la nueva normativa.

SECP es definido como infraestructura estratégica.

El artículo 3 del reglamento define el SECP como una infraestructura tecnológica estratégica. Asimismo, lo declara de interés nacional.

Según la DGCP, el sistema tiene un impacto crítico en la transparencia del gasto público. Además, influye en la continuidad de los servicios del Estado.

Seguridad y sanciones ante vulneraciones

El reglamento establece que cualquier incidente que afecte el sistema será investigado. Además, podrá dar lugar a sanciones previstas en la legislación vigente.

Estas incluyen normas sobre seguridad nacional, ciberseguridad y protección de infraestructuras críticas. En consecuencia, se busca garantizar la integridad del sistema.

Validez jurídica de los documentos electrónicos

La normativa introduce el principio de equivalencia funcional. Esto significa que los documentos electrónicos tienen la misma validez jurídica que los físicos.

Sin embargo, deben cumplir con requisitos de autenticidad, integridad y trazabilidad. De esta forma, se garantiza su validez legal dentro de los procesos.

Uso obligatorio del sistema en contrataciones públicas

El artículo 21 establece que todos los procesos deben gestionarse a través del SECP. De lo contrario, podrían generarse consecuencias jurídicas.

Incluso, la ley prevé la nulidad del procedimiento cuando no se utilice la plataforma. Por tanto, el sistema se convierte en el canal principal de contratación.

No obstante, el reglamento contempla excepciones. Estas aplican cuando existan fallas técnicas, imposibilidad material o normas especiales que lo excluyan.

DGCP suma tres reglamentos especiales

Con esta normativa, la DGCP completa tres reglamentos especiales aprobados bajo la Ley 47-25. Además del SECP, ya se han emitido otras dos disposiciones.

Estos son el Reglamento de Procedimiento Administrativo Sancionador y el del Registro de Proveedores del Estado (RPE). Ambos fueron sometidos previamente a consulta pública.

Finalmente, la DGCP reafirma su objetivo de fortalecer la transparencia y la eficiencia en las compras públicas del país.

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