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DGII concederá 120 días a grandes contribuyentes para facturación electrónica

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) concederá un lapso de 120 días a los grandes contribuyentes nacionales que hayan enfrentado complicaciones en su proceso de adaptación para la facturación electrónica.

Dicho requerimiento debe ser presentado ante la entidad recaudadora 15 días previos a la fecha límite original para la implementación, el 15 de mayo de este 2024.

La prórroga está prevista en el artículo 37 de la Ley 32-23 de Facturación Electrónica, en el que se especifica que el plazo original para la implementación podrá ser prolongado para aquellos contribuyentes que experimenten limitaciones en el proceso.

La información fue compartida este martes por la entidad mediante un documento informativo en el que resalta que no se concederá prórroga a los contribuyentes que no hayan iniciado el procedimiento de implementación o no hayan justificado una causa ajena o extraordinaria que explique la necesidad del plazo adicional.

Una vez transcurrido el plazo de implementación o de prórroga, las personas que no hayan finalizado el proceso de certificación para ser emisores electrónicos incurrirán en infracciones tributarias sujetas a las sanciones previstas en la ley, las cuales pueden derivar en el arresto.

Las cifras más recientes de la DGII señalan que hasta marzo 915 contribuyentes ya son emisores de factura electrónica, los cuales han emitido más de 288 millones de comprobantes fiscales y 1,874 se encuentran en proceso de certificación.

Luis Valdez, director general de Impuesto Internos, explicó que los contribuyentes que necesiten solicitar una extensión deberán informar su interés de prórroga con un plazo de 15 días calendario, antes del vencimiento de la fecha límite establecida en la ley.

Las personas interesadas en solicitar la extensión del plazo deberán dirigirse al centro de atención presencial de la sede central de la DGII y cumplir con los siguientes requisitos:

· Depositar carta de solicitud timbrada, firmada y sellada, indicando el plazo requerido, motivo de la prórroga y los avances realizados.

· Anexar el cronograma de trabajo que respalde el tiempo a emplear en el proceso de implementación de Facturación Electrónica.

· Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

La prórroga a otorgar será de carácter único y no podrá exceder el plazo de 120 días calendario contados a partir del vencimiento del plazo establecido en el calendario de implementación. La DGII evaluará cada solicitud basándose en el perfil de riesgo del contribuyente, indica el documento informativo de la entidad recaudadora.

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