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Gobierno aplaza hasta 2028 responsabilidad penal de empresas

El Gobierno promulgó la Ley 88-26 y aplazó hasta el 5 de mayo de 2028 la responsabilidad penal de las empresas en República Dominicana.

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.– El Poder Ejecutivo promulgó este jueves la Ley 88-26, que aplaza hasta el 5 de mayo de 2028 la aplicación de la responsabilidad penal de las empresas en República Dominicana. La medida extiende por 18 meses el plazo para que las compañías se adapten al nuevo régimen del Código Penal.

La normativa modifica el artículo 31 de la Ley 44-26. Además, establece que los artículos 8, 9, 10 y 11 de la Ley Orgánica 74-25 comenzarán a aplicarse en la nueva fecha, con excepción de lo dispuesto en el artículo 393.

La responsabilidad penal de las personas jurídicas debía entrar en vigor este 5 de noviembre. Sin embargo, la promulgación de la Ley 88-26 aplaza su aplicación hasta mayo de 2028.

Según el texto legal, la extensión permitirá a las empresas realizar los ajustes necesarios para cumplir con las nuevas disposiciones. Asimismo, facilitará la preparación de las instituciones que integran el sistema de justicia.

Congreso aprobó la prórroga de 18 meses

La promulgación se produjo después de que el Congreso Nacional aprobara la modificación. Inicialmente, la propuesta contemplaba una extensión de 24 meses, hasta noviembre de 2028.

No obstante, la Cámara de Diputados redujo el plazo a 18 meses. Posteriormente, el Senado acogió los cambios y aprobó la iniciativa el miércoles con 26 votos favorables y ninguno en contra.

De esta manera, el 5 de mayo de 2028 quedó establecido como fecha para la aplicación del régimen penal empresarial. Por otra parte, la Ley 88-26 entró en vigencia desde su promulgación y publicación, conforme a las disposiciones legales.

¿Qué sanciones contempla el Código Penal?

Los artículos aplazados establecen las condiciones para investigar, procesar y sancionar a las personas jurídicas por determinados delitos. Estos deben estar vinculados con sus actividades y pueden involucrar a directivos, representantes o empleados.

Entre las sanciones figuran multas y cierre temporal o definitivo de establecimientos. Además, el Código Penal contempla la revocación de licencias, la inhabilitación para contratar con el Estado y la disolución de empresas.

Sin embargo, estas medidas requieren un proceso judicial que determine la responsabilidad de cada entidad. Asimismo, el nuevo régimen contempla la evaluación de los mecanismos internos de prevención, supervisión y control empresarial.

El Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep) y la Asociación Nacional de Jóvenes Empresarios (ANJE) habían solicitado la prórroga antes del 5 de noviembre.

Ambas organizaciones plantearon que las compañías necesitaban más tiempo para implementar los mecanismos de prevención y cumplimiento. En particular, señalaron las dificultades de adaptación de las micro, pequeñas y medianas empresas.

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