RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- La Junta Central Electoral (JCE) suspendió de manera provisional la aplicación del reglamento que limita la publicación de encuestas electorales antes del inicio de la precampaña, mientras el Tribunal Superior Electoral (TSE) decide sobre los recursos presentados contra esa normativa.
La decisión fue adoptada por el Pleno del organismo electoral y quedó consignada en un documento emitido por la Secretaría General de la JCE el 18 de junio. La suspensión permanecerá vigente hasta que el TSE emita un fallo sobre las acciones legales interpuestas por distintos sectores.
Pese a la medida, la JCE aclaró que los partidos políticos, sus dirigentes y aspirantes podrán contratar encuestas con fines electorales para uso interno antes del inicio de la precampaña. Sin embargo, reiteró que esos estudios no podrán divulgarse públicamente antes del primer domingo de julio de 2027, fecha establecida para el comienzo oficial de ese período.
El reglamento, que entró en vigor el pasado 22 de mayo, ha sido cuestionado por diversas entidades y actores, quienes consideran que algunas de sus disposiciones exceden las atribuciones del órgano electoral.
Entre los recursos presentados figura el de Participación Ciudadana, que solicitó dejar sin efecto la prohibición de realizar y difundir estudios de opinión fuera de los períodos de precampaña y campaña electoral.
Asimismo, el presidente de ACD Media, Danny Alcántara, pidió la reconsideración del reglamento al entender que varias de sus disposiciones contravienen la Constitución y sobrepasan las competencias que las leyes 20-23 de Régimen Electoral y 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos otorgan a la JCE.
Normativa de la JCE contempla sanciones
La normativa también contempla un régimen de sanciones para las empresas encuestadoras que incumplan sus disposiciones, incluyendo la suspensión temporal del registro entre seis meses y un año, la cancelación definitiva en caso de reincidencia y otras medidas administrativas previstas en la legislación electoral.
Además, establece que las firmas deberán informar a la JCE, con al menos ocho días de anticipación a las elecciones, la realización de encuestas a boca de urna o exit poll. El incumplimiento de ese requisito podría acarrear multas de entre uno y 200 salarios mínimos, así como la suspensión de los estudios cuando estos afecten el secreto del voto.
El reglamento también dispone que las empresas registradas mantengan actualizada anualmente su documentación, advirtiendo que la falta de ese proceso podría derivar en la revocación de su registro y autorización para realizar encuestas con fines electorales.

