RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO. – La Suprema Corte de Justicia emitió este viernes una sentencia histórica al acoger el recurso de casación presentado a favor de Víctor Díaz Rúa y Ángel Rondón, absolviéndolos de las acusaciones que enfrentaban en relación con el caso Odebrecht. Este fallo pone fin a uno de los procesos judiciales más significativos del país, iniciado en mayo de 2017.
Díaz Rúa, exministro de Obras Públicas, y Rondón Rijo, empresario, habían sido condenados previamente a cinco y ocho años de prisión, respectivamente, por los delitos de lavado de activos derivados de enriquecimiento ilícito y soborno. No obstante, la Suprema Corte determinó que no se pudo probar la acusación en su contra, lo que llevó a la revocación de sus condenas y a la orden de devolución de todos sus bienes.
La sentencia, identificada como SCJ-SS-24-0969, establece que la acusación no fue debidamente fundamentada, tal como lo requiere el artículo 337 numeral 1 del Código Procesal Penal. En este sentido, la Corte rechazó el recurso de casación interpuesto por Wilson Camacho, procurador adjunto de la Procuraduría General de la República, quien buscaba una condena más severa y ejemplificadora para los acusados.
Además de Díaz Rúa y Rondón, la Suprema Corte de Justicia descargó de responsabilidad penal a Conrado Enrique Pittaluga Arzeno, otro de los implicados en este caso. Los abogados de Díaz Rúa y Rondón calificaron la sentencia como “ejemplar”, destacando que la Corte actuó en estricto cumplimiento de la ley y los derechos de sus defendidos.
Emery Rodríguez, abogado de Ángel Rondón, expresó su satisfacción con el fallo, afirmando que “para que exista un delito de soborno debe haber un sobornado, y para el lavado de activos, un delito precedente”. Según Rodríguez, la Suprema Corte actuó en concordancia con los argumentos de la defensa técnica, que sostenían que el Ministerio Público no pudo probar la entrega, oferta o promesa de dinero a cambio de adjudicaciones de obras estatales. “Recibir dinero no es un ilícito”, puntualizó Rodríguez, refiriéndose a los fondos que Rondón recibió como representante comercial de Odebrecht en el país.
Por su parte, Miguel Valerio, abogado de Víctor Díaz Rúa, declaró que “desde el primer momento habíamos sostenido que el ingeniero Víctor Díaz Rúa no recibió sobornos de Odebrecht”. Valerio subrayó que, tanto en primera instancia como en apelación, la defensa demostró la inocencia de Díaz Rúa, lo cual fue ratificado en la casación. “La Suprema Corte de Justicia concluyó que el ingeniero salió del gobierno con los mismos bienes que entró y que no lavó activos”, agregó Valerio.
Como parte de la sentencia, la Suprema Corte de Justicia ordenó la devolución de todos los bienes decomisados a los acusados. En el caso de Ángel Rondón, se restituirán las sociedades accionarias de las empresas Lashan Corp y Consultores y Contratistas Conamsa SRL, junto con todos los bienes muebles e inmuebles, y productos financieros registrados a su nombre tanto en entidades nacionales como extranjeras.
A Víctor Díaz Rúa se le devolverán una propiedad en Casa de Campo, La Romana; el yate “Balbie”; un apartamento en la torre Caney, Distrito Nacional; las sociedades Albox, Radiodifusora Sky Land e Inversiones Monttoba, así como varias cuentas bancarias en pesos y dólares del Banco de Reservas.
Con esta decisión, el caso Odebrecht, que involucró a altos funcionarios y empresarios en un escándalo de corrupción internacional, ha llegado a su fin con una sentencia irrevocablemente juzgada, marcando un precedente en la justicia dominicana.