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Justicia

TC insta al Congreso aprobar leyes que ordena la Constitución

RDÉ DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El Tribunal Constitucional (TC) ha emplazado al Congreso Nacional para que dicte las leyes reservadas en los artículos 203, 210 y 272 de la Constitución de la República. Esta acción surge debido al considerar que el tiempo transcurrido ha sido suficiente, razonable y prudente para su aprobación.

Según los jueces, esta omisión ha privado a los ciudadanos del derecho de ser consultados previamente en decisiones cruciales para el país, aunque reconocen las facultades constitucionales del Congreso como un poder independiente y soberano.

EL TC sostiene que el Congreso no ha cumplido con el principio de supremacía constitucional, establecido en el artículo 6 de la Constitución, tras 11 años desde su promulgación.

La decisión del TC se fundamenta en el expediente núm. TC-01-2014-0024, presentado por la Fundación Evangélica de Socorro al Recluso (Fesore, Inc.) el 20 de junio de 2014, que impugna la omisión legislativa en los artículos 97, 203, 210 y 272.

El TC declaró la inconstitucionalidad por omisión legislativa absoluta y dispuso que las leyes sean promulgadas en un plazo máximo de 2 años a partir de la notificación de esta decisión.

“Exhortamos al Congreso Nacional a elaborar y emitir normativas adicionales contempladas en reservas de ley establecidas por el constituyente”, indicó la sentencia TC/0113/21.

El tribunal mencionó específicamente leyes relacionadas con diversos ámbitos como la propiedad inmobiliaria en zonas fronterizas, la violencia contra las mujeres, la libertad de expresión, el deporte de alta competición, los indultos presidenciales, la delimitación territorial y el sistema de inteligencia del Estado, entre otras.

El artículo 203 regula los referendos, plebiscitos e iniciativa normativa municipal, mientras que el artículo 210 y el artículo 272 establecen las condiciones para los referendos y la ratificación popular de reformas constitucionales, respectivamente.

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